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Judicial
Cinco años de cárcel por llevar cartuchos para fusil
59 cartuchos calibre 5.56 milímetros iban en el interior del taxi, sin permiso para su porte o tenencia.
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Jueves, 16 de Febrero de 2017

Tres hombres, que no  quisieron responsabilizarse de la munición de guerra que llevaban en su poder, terminaron aceptando los cargos y ayer fueron condenados  a 5.5 años de cárcel.

Se trata de José Antonio Sepúlveda Quintero, de 20 años, natural de Convención; Ángel Eduardo Flórez Caicedo, de 20, de Los Patios, y Yeison Arturo Cárdenas Blanco, de 30, de Cúcuta.

Los tres hombres fueron detenidos el 6 de julio de 2016 cuando se desplazaban en un taxi Hyundai (de propiedad de otra persona) y fueron requeridos por una patrulla policial para una requisa.

El automotor fue interceptado al mediodía en la avenida Los Libertadores con calle 15, hallándose en su interior un bolso tipo canguro, negro, en medio de las dos sillas delanteras, con cuatro proveedores metálicos para fusil M-16 (con capacidad para 30 cartuchos cada uno). Además de 59 cartuchos calibre 5.56 milímetros, sin permiso para su porte o tenencia.

Los detenidos fueron presentados ante el Juzgado Segundo Penal Municipal de garantías, que legalizó sus capturas y les impuso medida de aseguramiento en prisión, tras considerar que representaban un peligro para la sociedad. 

La Fiscalía les imputó el delito de fabricación, tráfico y porte ilegal de armas y municiones de uso restringido y privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos, en calidad de coautores. 

Preacuerdo

En vista del contundente material probatorio en su contra y la captura en flagrancia, los tres hombres decidieron llegar a un preacuerdo con la Fiscalía que consistió en aceptar su responsabilidad, a cambio de degradar su participación de coautores a cómplices, lo que les representó un descuento en la pena. 

Por este camino, los procesados evitaron ir a un juicio oral y público, acogiéndose a sentencia por vía abreviada. 

De modo adicional, los tres abogados de los procesados solicitaron la detención domiciliaria como sustitutiva de la pena en prisión, argumentando que  sus clientes no reportaban antecedentes penales, tenían domicilio y que colaboraron con la justicia al aceptar los cargos. 

La decisión

Dicho preacuerdo fue revisado y aprobado por un juzgado especializado de Cúcuta que los condenó a la pena solicitada, pero les negó  la casa por cárcel, sentenciándolos a purgar los cinco años en una prisión.

“Es cierto que los procesados no tienen antecedentes penales y que la pena es menor a los 8 años (como requisito para su otorgamiento), pero no es procedente debido a  la gravedad de la conducta teniendo en cuenta la calidad y cantidad de los elementos bélicos que portaban”, señaló el juzgado en su decisión.

Según el togado, los tres hombres eran hasta el momento de la captura estudiantes, uno de ellos bachiller, y todos con buena conducta “pero, hasta ese momento”, subrayó.

Los tres abogados apelaron la negación de concederles la casa por cárcel y corresponderá, en segunda instancia, resolver al Tribunal Superior de Cúcuta.

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