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Judicial
Condenado a 40 años de cárcel por matar a su ex por celos
El feminicidio ocurrió en abril en Los Patios. Jefferson Muñoz apuñaló a su expareja varias veces.
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Domingo, 14 de Mayo de 2017

Jefferson Paúl Muñoz, quien en un irracional ataque de celos asesinó a su expareja Diana Ruiz Quintero. fue condenado a 40 años de prisión, incluido un porcentaje de descuento por aceptar los cargos. 

El crimen ocurrió el pasado 11 de abril en la calle 28 con avenida quinta del barrio Patio Centro, en Los Patios.

“Mamá, yo mejor me devuelvo a vivir con él antes de que de verdad me mate”. Esta  el fue una de las frases que, en medio de una confesión cargada de temor, le dijo Diana a su mamá Gloria Quintero, en enero, luego de que el hombre la amenazara en acabar con si vida si lo dejaba.

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Según relató la Fiscalía,  Jefferson Paúl Muñoz, de 35 años, ingresó por el patio a la casa de Diana y después de amordazar a la hija de la víctima, de 16 años, apuñaló a su expareja en repetidas oportunidades, luego de verle el contenido del teléfono celular.

“Ella vivía acá en mi casa, en una pieza en la parte de atrás, por eso no escuchamos nada. Cuando mi nieta por fin se pudo soltar, llegó corriendo a decirme que él (Muñoz) había matado a mi hija”, dijo Gloria.

Cuando Quintero llegó hasta  la habitación, encontró a Diana agonizando en la cama donde fue atacada por Muñoz. Segundos después, murió.

La familia de Ruiz Quintero aseguró que desde hacía un año Diana había terminado la relación con Muñoz, con quien había tenido un hijo.

Sin embargo, desde diciembre del año pasado él empezó a amenazarla y a protagonizar escenas de celos de manera constante.

“En enero vino y la engañó diciéndole que fueran a comer con los niños, pero en el camino él mandó a los niños en un taxi y se la llevó para un motel, allá la violó, le pegó y la atacó con un cuchillo”, dijo la mamá.

Los parientes aseguraron que a pesar de que Diana interpuso una denuncia en la Policía por violencia intrafamiliar, su excompañero solo recibió una caución en la que se le pedía que no se le acercara, pero esta no se cumplió.

A prisión

Paúl Muñoz fue visto por un allegado a la familia de Diana en el corregimiento La Parada, por lo que de inmediato se comunicó con los parientes de esta, quienes le advirtieron de lo que acababa de ocurrir.

De esta manera fue alertada la Policía Metropolitana de Cúcuta (Mecuc), que logró capturarlo con rastros de sangre en una pierna y en la ropa que llevaba puesta. 

Jefferson Paúl Muñoz fue sentenciado por el Juzgado de Los Patios y deberá cumplir la condena impuesta en la cárcel de Cúcuta.

¿Qué es el feminicidio?

Se trata de la Ley 1761, conocida como Rosa Elvira Cely, en memoria de la mujer brutalmente violada y asesinada en pleno corazón de Bogotá, y que contempla una pena de 250 a 500 meses de prisión, dependiendo de la gravedad de los hechos.

De acuerdo con esta Ley, incurrirán en feminicidio los hombres que causen la muerte a una mujer, por su condición de ser mujer o por motivos de su identidad de género o en donde haya concurrido o antecedido cualquiera de las siguientes circunstancias:

1. Tener o haber tenido una relación familiar, íntima o de convivencia con la víctima, de amistad, de compañerismo o de trabajo y ser perpetrador de un ciclo de violencia física, sexual, sicológica o patrimonial que antecedió el crimen contra ella.

2. Ejercer sobre el cuerpo y la vida de la mujer actos de instrumentalización de género o sexual o acciones de opresión y dominio sobre sus decisiones vitales y su sexualidad.

3. Cometer el delito en aprovechamiento de las relaciones de poder ejercidas sobre la mujer, expresado en la jerarquización personal, económica, sexual, militar, política o sociocultural.

4. Cometer el delito para generar terror o humillación a quien se considere enemigo.

5. Que existan antecedentes o indicios de cualquier tipo de violencia o amenaza en el ámbito doméstico, familiar, laboral o escolar por parte del sujeto activo en contra de la víctima o de violencia de género cometida por el autor contra la víctima, independientemente de que el hecho haya sido denunciado o no.

6. Que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad de locomoción, cualquiera que sea el tiempo previo a la muerte.

Como agravante de este delito serán consideradas las penas más altas (500 a 600 meses de prisión).

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