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Gobernación hace reparos a licitación de servicios públicos

A revisión jurídica en el Tribunal Administrativo.

La Gobernación solicitó al Tribunal Administrativo de Norte de Santander una revisión jurídica al acuerdo por medio del cual los concejales otorgaron facultades especiales al alcalde, Samir Fernando Casadiego Sanjuán, para convocar a licitación pública los servicios de acueducto y alcantarillado en el municipio de Ocaña.


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El gobierno seccional propone la declaratoria de invalidez del Acuerdo 09 de 4 de octubre de 2022, por violar normas de carácter superior sin indicar un límite temporal de vigencia para dicha facultad.
 
El concejal Mario Castellanos aseguró que desde un principio alertó a los compañeros sobre los errores de procedimiento, sin embargo, no acataron las recomendaciones y por eso el alto tribunal debe tomar una decisión.
 
El voto fue negativo ya que eran evidentes las inconsistencias en los articulados y la manera como se integró una comisión accidental, desconociendo la función de los encargados de analizar los aspectos contemplados en la Ley.
 


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“La Procuraduría, Contraloría y Fiscalía, ya solicitaron las actas de las sesiones y todos los documentos para iniciar una investigación a fondo”, reiteró el miembro de la corporación.

Siguen los enredos jurídicos en torno al manejo de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en Ocaña. Ahora el balón está en el campo del Tribunal.
 
Demanda el acuerdo

Taiz del Pilar Ortega Torres, actuando como gobernadora encargada, solicitó al Tribunal la revisión de constitucionalidad y legalidad del Acuerdo 09 del 4 de octubre de 2022 expedido por el Concejo municipal de Ocaña por medio del cual se autoriza al alcalde para celebrar contrato de concesión mediante proceso de licitación pública.
 
La iniciativa surtió los debates reglamentarios de Ley y se remitió a la gobernación mediante correo electrónico para la revisión, el día 5 de octubre del presente año. “La estructura del acuerdo no contiene un aspecto considerativo que lo sustentara, la parte motiva es de suma importancia para comprender el acuerdo”, indicó la secretaria de Gobierno departamental.
 
Los concejales en el acuerdo no otorgan facultades pro tempore, es decir, no fijó plazo alguno para el ejercicio de la autorización.

En observancia de la constitucionalidad y legalidad establecida en el numeral 10 de la Constitución Política de Colombia se requiere declarar la invalidez de los artículos 1, 2 y 3 del acuerdo 09 del 4 de octubre, donde se autoriza al alcalde para que adelante todas las diligencias, administrativas, jurídicas y contractuales dirigidas a la celebración de un contrato de concesión.

Este contrato se llevaría a cabo mediante la modalidad de selección de licitación pública, establecidas en la Ley 80 de 1993, demás normas concordantes y complementarias, que tendrá como objeto la operación, ampliación, rehabilitación, expansión, optimización, mantenimiento, administración y gestión comercial de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en Ocaña.
 
El artículo segundo manifiesta que la Alcaldía de Ocaña, con el presente acuerdo municipal, actos y procedimientos administrativos que de este se deriven, está procurando el cumplimiento de las sentencias de primera y segunda instancia de fecha abril 28 de 2015 y mayo 25 de 2017 proferidas por el Juzgado Segundo Administrativo de Cúcuta y Tribunal Administrativo de Norte de Santander dentro de la acción popular que obliga la retoma de los activos y la convocatoria para una licitación.

El artículo tercero señala que rige a partir de su sanción hasta el 31 de diciembre de 2023.


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Se solicita la invalidez al presentar confusión, en primera instancia la necesidad de interpretar qué normas se derogan en esta disposición, si bien se implementa un término, su utilización en ese contexto resulta imprecisa, señalan los jurídicos del departamento.
 

Siguen los enredos jurídicos en torno al manejo de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en Ocaña. Ahora el balón está en el campo del Tribunal.
 
La defensa del alcalde

El primer mandatario local, abogado Samir Fernando Casadiego Sanjuán, no comparte los reparos hechos por los asesores jurídicos de la Gobernación, acata la disposición y seguirá insistiendo en la convocatoria para entregar en concesión los servicios públicos de Ocaña.
 
Explica que un acuerdo luego de la aprobación y sanción es enviado a la Gobernación para revisión. “Los expertos encuentran un argumento y es enviado al Tribunal porque consideran que no se especifican las facultades pro témpore. Somos respetuosos de las manifestaciones de la institucionalidad, en este caso del ente territorial, obviamente que no lo compartimos, el acuerdo es claro, en el artículo tercero se manifiesta la vigencia desde el instante cuando se sanciona hasta el 31 de diciembre de 2023”, señala.


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La notificación sobre la admisión de la demanda por parte del Tribunal fue enviada vía electrónica y de inmediato los asesores jurídicos de la Alcaldía comenzaron las acciones de rigor.


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Javier Sarabia Ascanio
Javier Sarabia
Jueves, 17 de Noviembre de 2022
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