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Alcalde en Casanare eliminó el Puente de Reyes

El nuevo mandatario de Maní quitó por decreto el feriado, por lo que su administración trabajará.

El único municipio de Colombia en el que no habrá Puente de Reyes Magos será Maní, en el departamento de Casanare, debido a la decisión de su nuevo alcalde.

El mandatario Jersson Esneyder Montoya Hoyos, con apenas tres días de haberse posesionado en el cargo, expidió el Decreto 011 de 2020, “por el cual se declara un día hábil”, ordenando que este lunes, 6 de enero, sea un día laboral, como cualquier otro.

La decisión aplica para todas las dependencias de la administración, incluyendo las secretarías de despacho y las oficinas asesoras.

Montoya justificó su decisión en la necesidad de “asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo”, tal cual quedó consignado en el documento, y aseguró que todas las actuaciones que se surtan mañana en la Alcaldía, mientras el resto del país estará descansando, “tendrán plena validez legal y jurídica”.

El decreto dividió a los pobladores de la localidad en las redes sociales. Algunos lo felicitaron, por considerar que favorece a los ciudadanos que requieren los servicios de la administración, mientras que otros lo cuestionaron por perjudicar a los empleados públicos.

Sin embargo no todo será trabajo, pues el pueblo entero se prepara para unos días de celebración, del 9 al 20 de enero se realizará el Festival Internacional Pedro Flórez de la Bandola Llanera, la festividad más importante de este municipio.

Maní es una población ubicada en el suroccidente de Casanare, de 12.000 habitantes aproximadamente, que en su mayoría viven de la economía petrolera, la agricultura, la pesca y ganadería.

En El Caguán

Julián Alfredo Perdomo Losada, alcalde de San Vicente de Caguán (Caquetá), generó polémica con el Decreto 001 del 1 de enero de 2020, para  entregarle las llaves del municipio a Jesucristo para “recuperar la moral y los valores” .

La decisión generó polémica, porque, aunque Perdomo citó a la Constitución de 1991 para justificar la redacción del decreto (incluyendo el artículo 19 que garantiza la libertad de culto), es la carta magna la que define que Colombia es un Estado laico.

Esto se contradice con el decreto en que se afirma que el alcalde, como máxima autoridad municipal, “se ve en el deber de consagrar el municipio a Dios”.

En entrevista con Blu Radio, Perdomo afirmó que la mayoría de personas de su municipio “aplauden este decreto y no entiendo la razón por la que me critican por el Decreto 001. Si toca derogar el decreto, lo hago, pero dentro de mis creencias sigo entregando con toda mi fuerza y mi voluntad las llaves a Dios”.

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Colprensa
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Domingo, 5 de Enero de 2020
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