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Aspirantes al Congreso no deberán tener vínculos con personas con funciones políticas

La inhabilidad se registrará desde el momento en que se inscribe la candidatura y no desde la elección.

El Consejo de Estado determinó que a partir de las próximas elecciones legislativas, los aspirantes a curules en el Congreso no deberán tener vínculo matrimonial, unión permanente o grado de consanguinidad con ninguna persona que tenga funciones políticas hasta un día antes de su inscripción. 

La determinación del alto tribunal se registró luego de que en siete Salas Plenas se estudiará el caso del Representante a la Cámara por Nariño, Hernán Gustavo Estupiñan Calvache, quien fue demandado por estar inmerso en una supuesta inhabilidad, pues su elección se produjo cuando su hermana Rosangela Estupiñan cumplía funciones como registradora. 

Así las cosas, con la nueva determinación el Consejo de Estado dejó claro que la inhabilidad para las personas que incurran en ese tipo de invalidez, se registrará desde el momento que inscribe su candidatura y no desde su elección, como venía funcionando hasta ahora. 

Según la nueva jurisprudencia, el Representante se mantiene en su cargo, porque en el proceso de su inscripción y candidatura no existía tal determinación. 

Sobre Estupiñan Calvache, este no es el único proceso que se surte en su contra. En septiembre del año pasado, la Procuraduría le abrió indagación preliminar, por cuenta de una denuncia que recibieron de un miembro de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL), del congresista, en la que explicó que le solicitaron parte de su salario. 

Según el Ministerio Público, la denuncia decía que de no cumplir con dicha pretensión lo amenazaban con retirarlo de su cargo.

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Colprensa
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Martes, 29 de Enero de 2019
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