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Buscan anularle elección como alcalde a Jairo Yáñez
Ya son dos las demandas con las cuales buscan dejar sin piso su elección para el periodo 2020-2023.
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Viernes, 20 de Diciembre de 2019

El alcalde electo de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez Rodríguez, se convirtió en la sorpresa de los pasados comicios locales, pues contra todo pronóstico, logró vencer a la maquinaria y se alzó con la victoria, con un poco más de 110.000 votos.

Su hazaña, sin embargo, ha generado ampolla en algunos sectores y a falta de apenas 11 días para que se posesione, ya son dos las demandas con las cuales buscan dejar sin piso su elección para el periodo 2020-2023.

La primera acción en ser admitida fue la de la ciudadana Allison Juliana Márquez Cataño, quien pidió que se ordenara la nulidad del acto administrativo que declaró la elección de  Yáñez, al considerar que el entonces aspirante de la Alianza Verde estaba inhabilitado para postular su nombre a las elecciones del 27 de octubre.

“Ello, debido a que el señor Jairo Tomás Yáñez Rodríguez está inhabilitado para ser alcalde, debido a la exclusión de la profesión hecha por la Superintendencia de Sociedades en el año 2016, en el proceso de liquidación judicial adelantado contra Cerámica Andina Ltda., quien para la época se desempeñaba como representante legal de la misma (sic)”, señala un aparte de la demanda.

No obstante la referencia que hace la demandante, los magistrados del Tribunal consideraron, incluso, que  no se dispuso concretamente cuál es la causal de nulidad que se invoca y en ese sentido concluyeron que de lo que se trata es de una posible vulneración del Código de Procedimiento Administrativo.

Este señala lo siguiente: “Se elijan candidatos o se nombren personas que no reúnan las calidades y requisitos constitucionales o legales de elegibilidad o que se hallen incursas en causales de inhabilidad.

Y si bien la demanda fue admitida para que los magistrados le den trámite al caso, a lo que no accedieron fue a la medida cautelar que se solicitaba y con la que se pretendía suspender la posesión del alcalde electo.

Al respecto, el Tribunal consideró que no se evidenciaron elementos probatorios suficientes que sugieran la necesidad de decretar la medida cautelar, por lo cual resolvieron desestimarla.

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Otra por doble militancia

La otra demanda de nulidad que ya hace curso en el Tribunal Administrativo y que fue admitida para su estudio, fue interpuesta por el abogado Jaime Vásquez, por la supuesta doble militancia en la que habría incurrido Jairo Yáñez. 

Vásquez, quien primero intentó tramitar su acción en el Consejo de Estado, pero se la devolvieron por no ser de su competencia, alega que el gobernante electo de Cúcuta primero fungió como precandidato del Centro Democrático, entre abril y mayo de este año, pero tras su retiro del proceso interno de selección buscó asiento en el Partido Alianza Verde, donde fue avalado.

“El señor Jairo Yáñez participó de los foros, etapa inicial del proceso, que implicó una inscripción, de lo contrario no hubiese podido pararse en tarima en dichos  foros, y luego decide retirarse sin esperar la encuesta, lo cual no le quita su condición de precandidato por el Centro Democrático, porque la fuerza vinculante inicia desde la convocatoria del proceso”, insistió el demandante.

Y agregó que si bien Yáñez se apartó del proceso del uribismo antes de que se aplicara la encuesta, participó en la primera etapa de este mecanismo. 

“Analizada su conducta en el contexto de la Sentencia 089 de 1994 de la Corte Constitucional, tenía fuerza vinculante y por lo tanto, apartarse, retirarse no lo eximía de la responsabilidad electoral con la base, con los militantes, de acatar su resultado, porque ya había formado parte de él”, sostuvo  Vásquez.

Sin embargo, esta segunda demanda llega al Tribunal  con un antecedente y es que el Consejo Nacional Electoral (CNE) ya había negado una petición en ese mismo sentido, en septiembre pasado, por no existir una prueba plena que demostrara la supuesta doble militancia del alcalde electo.

Y es que en respuesta a una solicitud elevada por el CNE dentro del trámite de ese proceso, el Centro Democrático certificó que tras verificar la base de datos del Sistema Único de Identificación y Registro de Afiliados, se pudo constatar que Yáñez no es militante de esa organización política.

“(En este caso) No se cumple con el elemento de permanencia simultánea que exige la causal de revocatoria de inscripción por doble militancia, en la medida que el señor Jairo Yáñez en ningún momento fue militante, ni mucho menos candidato avalado por el Centro Democrático”, señaló el tribunal electoral en su momento e insistió en que la doble militancia estaba desvirtuada.

La Opinión consultó al entrante mandatario sobre los dos procesos que cursan en su contra, pero manifestó que no se pronunciaría hasta tanto no fuera notificado.

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