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Demandaron la elección de un concejal y un diputado

Las demandas fueron admitidas por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.

Cuando no han cumplido ni siquiera el mes desde que se sentaron en sus curules, el concejal Mario Figueroa Fernández y el diputado Juan Carlos Bocanegra ya tienen en su contra sendas demandas de nulidad electoral que fueron admitidas por el Tribunal Administrativo de Norte de Santander.

El pasado 23 de enero, la sala de decisión oral de ese organismo, integrada por los magistrados Carlos Mario Peña Díaz, Rubiel Vargas González y Hernando Ayala Peñaranda, aceptaron la querella que busca la anulación de la elección de Figueroa Fernández, en el Concejo de Cúcuta y decretaron una medida cautelar que conduciría a su suspensión.

El demandante argumentó que el primer vicepresidente de la corporación municipal estaría inhabilitado porque es hijo de Carmen Rosa Fernández Mora, “quien dentro del último año anterior a la elección del demandado era rectora del Instituto Técnico Juan Pablo I-Paz y Futuro, donde ejerció autoridad civil y administrativa”.

Ordena suspensión

El organismo contencioso administrativo recordó que el artículo 40 de la Ley 617 de 2000 contempla la inhabilidad para los cabildantes que tengan vínculo “por parentesco en segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa…”.

Precisó que en varias sentencias el Consejo de Estado ha dejado en claro que los rectores de instituciones educativas públicas ejercen funciones de autoridad administrativa al ser ordenadores del gasto de recursos, celebran contratos que se pagan con dineros públicos, deciden ciertas situaciones administrativas de los docentes y pueden imponer sanciones disciplinarias.

En el auto admisorio de la demanda, el Tribunal Administrativo notificó que está probado el vínculo de consanguinidad en primer grado del concejal con Carmen Rosa Fernández Mora, quien laboró como rectora del citado plantel educativo cucuteño entre enero y diciembre de 2019, actuando como autoridad civil y administrativa, con lo cual “se puede concluir la incursión en causal de inhabilidad” de Figueroa Fernández.

Por esa razón, decretó como medida cautelar la suspensión provisional de los efectos del acto de elección del munícipe de Colombia Renaciente, quien en los comicios de octubre de 2019 alcanzó una votación de 8.188.

“No me han notificado”

La Opinión contactó  al concejal Mario Figueroa quien dijo que no conoce la decisión del Tribunal Administrativo de Norte de Santander. “Me enteré por el periódico y las redes sociales. No he sido notificado”.

El abogado se declaró respetuoso de “las decisiones que haya tomado el Tribunal”, pero insistió que no sabe a qué se refieren ni la demanda ni la medida cautelar activada. “Una vez me notifiquen mis abogados interpondrán los recursos respectivos”,  agregó.

Otra demanda a Bocanegra 

En torno al diputado Juan Carlos Bocanegra Chacón, del Partido Social de Unidad Nacional, el 14 de enero el máximo organismo de lo contencioso administrativo en Norte de Santander admitió la demanda de nulidad electoral por doble militancia al aspirar por partidos diferentes a dos corporaciones.

Los argumentos del demandante Luis Alberto Rodríguez Salamanca señalan que Bocanegra Chacón “se  inscribió como candidato al Concejo de Cúcuta por el Partido Colombia Renaciente el 26 de julio de 2019, ante la Registraduría, con radicado 012”.

Igualmente expuso que a las 10:00 de la mañana del 1 de agosto del año pasado, el hoy miembro de la Asamblea presentó ante la Registraduría su renuncia a la aspiración a concejal por Colombia Renaciente.

Según el demandante, ese mismo día el secretario general de La U, Álvaro Echeverry Londoño, expidió “el aval para modificar la lista de candidatos inscritos a la Asamblea por ese partido, dentro del cual se encuentra avalado Juan Carlos Bocanegra en reemplazo de Juan Felipe Jaimes”.

Ante el Tribunal Administrativo, que ahora abocará el estudio del caso, Bocanegra fue demandado porque presuntamente “infringió lo establecido en el artículo 2 inciso 2 de la Ley 1475 de 2011, porque pertenecía a dos partidos diferentes y era candidato en el mismo periodo electoral al Concejo por Colombia Renaciente y a su vez a la Asamblea por La U”.

El autor de esta acción que busca la cancelación de la credencial de diputado a Bocanegra, les expuso a los magistrados que en dicha actuación está “configurándose una doble militancia que prohíbe expresamente que se permita a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político”.

Esta es la segunda querella aceptada por el organismo administrativo relacionada con el asambleísta de La U. La primera fue  presentada por el ciudadano Jaime Daniel Rincón Jarava.

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Domingo, 26 de Enero de 2020
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