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Este sábado 11 de noviembre comienza a regir la Ley de Garantías

La norma busca garantizar el equilibrio y la transparencia en la campaña.

Se acerca el inicio oficial de la campaña para las elecciones legislativas y presidenciales de 2018 y con ella también la entrada en vigencia de las prohibiciones que ha establecido la ley para garantizar que la contienda se cumpla en condiciones igualitarias y transparentes para todos.

Es así como el próximo sábado 11 de noviembre, a partir de las cero horas, comenzará a regir la denominada Ley de Garantías, que establece una serie de restricciones para los servidores públicos, con el propósito de que no se valgan de sus cargos para favorecer a uno u otro candidato.

Así, por ejemplo, desde ese momento entrarán en vigor en los departamentos las restricciones para la vinculación de personal a la nómina estatal, por parte de los gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, así como los gerentes y directores de las entidades descentralizadas.

Esto quiere decir que desde el sábado, “no se podrán crear nuevos cargos ni proveer las vacantes definitivas, salvo que se trate de vacantes generadas por renuncia, licencia, muerte o expiración del periodo fijo que sean indispensables para el cabal funcionamiento de la administración pública”.

De la misma forma, la ley señala que a partir del 11 de noviembre, es decir, cuatro meses antes de las elecciones a Congreso, tampoco se podrá incorporar ni desvincular a persona alguna de la nómina.

La Ley de Garantías también es clara en que durante el tiempo que estén en vigencia las restricciones no se podrán efectuar ajustes a la planta de personal, teniendo en cuenta que cualquier forma de vinculación que afecte la nómina de las entidades territoriales, queda suspendida.

Así mismo, hasta tanto no se defina la elección del próximo presidente de los colombianos, no será posible declarar la insubsistencia de un empleado de libre nombramiento y remoción.

Limitaciones a la contratación estatal

Otra de las prohibiciones que entrará a regir este sábado para los gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, gerentes y directores de las entidades descentralizadas, como parte de las elecciones que tendrán lugar en marzo y mayo de 2018, es la celebración de convenios interadministrativos.

Según la Ley de Garantías, hasta después de la elección del nuevo jefe de Estado, no se podrán firmar convenios de este tipo para ejecutar recursos públicos, “independientemente de la naturaleza o el orden nacional o territorial de la otra entidad contratante”.

La celebración de contratos mediante la modalidad directa, solo quedará prohibida a partir del próximo 27 de enero, cuatro meses antes de la elección del nuevo presidente de la República.

De acuerdo con la Ley de Garantías, durante la vigencia de esta norma se podrán celebrar contratos a través de las modalidades de selección como la licitación pública, concursos de méritos y selección abreviada.

Otras restricciones

Desde este sábado, a los gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, gerentes y directores de entidades descentralizadas les queda prohibido también:

  • Participar, promover y destinar recursos públicos de las entidades a su cargo, como tampoco de las que participen como miembros de sus juntas directivas, en o para reuniones de carácter proselitista.
  • Inaugurar obras públicas o dar inicio a programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos a la Presidencia, Vicepresidencia y el Congreso de la República. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos.
  • Autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular, o para representantes de los mismos aspirantes.
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Lunes, 6 de Noviembre de 2017
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