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Las nuevas herramientas para ejercer la oposición en Colombia

El presidente Santos aprobó el Estatuto de la Oposición, el cual busca crear un equilibrio en la arena política.

Después de la larga y dura batalla librada por los sectores políticos que han hecho oposición a los gobiernos de turno en el país, por contar con unas garantías mínimas para su ejercicio, este anhelo finalmente será una realidad desde el próximo 20 de julio.

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, le dio vía libre, este lunes, al Estatuto de la Oposición, el cual se abrió paso gracias al acuerdo de paz suscrito en 2016 con la guerrilla de las Farc.

Aunque el derecho a la oposición ya había sido consagrado en la Constitución de 1991, solo hasta el año pasado fue posible que el Congreso le diera trámite a una ley que reglamentara y le pusiera dientes a esta labor. 

Por esta razón, al promulgar esta nueva norma, el jefe de Estado no dudó en calificarla como “un hito para la apertura democrática del país”.

Y es que con esta ley, de ahora en adelante, los partidos y organizaciones que decidan declararse oficialmente en oposición, no solo serán identificados legalmente como tal, sino que podrán acceder a una serie de herramientas y beneficios que garantizarán, de alguna manera, un equilibrio con aquellos que estén del lado del gobierno de turno.

Así las cosas, además de financiación, los opositores registrados ante el Consejo Nacional Electoral tendrán acceso a medios de comunicación y seguridad política, jurídica y personal, además de asegurar su participación en las mesas directivas de las corporaciones públicas y en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores.

De la misma forma, podrán ejercer el derecho a la réplica y a controvertir las alocuciones presidenciales y las declaraciones oficiales, así como las de algún miembro del gabinete en las que se haga referencia a los opositores.

Este Estatuto fue más allá y además de los sectores de oposición, también les aseguró un espacio y unas garantías a los independientes, que prefieren no ubicarse ni en la orilla del oficialismo, ni en la de los contradictores.

Para entender un poco más cuáles son los alcances y condiciones de esta histórica ley que se estrenará justamente en momentos en que se acerca una transición de Gobierno, a continuación resolvemos algunas de las inquietudes principales del Estatuto de la Oposición.

¿Desde cuándo entra en vigencia este Estatuto?

Desde el próximo 20 de julio, cuando se instalará el nuevo Congreso de la República.

¿Quiénes podrán declararse en oposición, a partir de esta nueva ley?

Todos aquellos que disientan, critiquen, fiscalicen y ejerzan libremente el control político a la gestión de gobierno, en cualquiera de sus niveles (nacional, departamental y local).

¿Cómo se declara, legalmente, un sector en oposición?

Dentro del mes siguiente al inicio del Gobierno, es decir, en este caso antes del 7 de septiembre, las organizaciones políticas deberán optar por: declararse en oposición, como independiente o como organización afín al Gobierno, ante el Consejo Nacional Electoral (CNE).

¿Cuáles serán los derechos adquiridos en adelante por los opositores?

Quienes se declaren oficialmente en oposición tendrán, entre otros, los siguientes derechos:

-Financiación adicional del 5%.
-Acceso a los medios de comunicación social del Estado o que hacen uso del espectro electromagnético.  
-Acceso a la información y a la documentación oficial.
- Derecho de réplica. 
-Participación en mesas directivas de las corporaciones de elección popular.
-Participación en la agenda de las corporaciones públicas.
- Participación en la Comisión de Relaciones Exteriores.

¿Los partidos deben hacer cambios en sus  estatutos?

Sí. Esta nueva ley señala que antes del próximo 20 de julio, las organizaciones políticas que decidan declararse en oposición  deberán modificar sus estatutos y definir el mecanismo o autoridades competentes.

¿Un partido que esté en la coalición del gobierno se puede declarar después en oposición?

Las organizaciones políticas que inscribieron al candidato electo como presidente, gobernador o alcalde se identificarán como de gobierno o en coalición de gobierno. En consecuencia, mientras dure su mandato no podrán acceder a los derechos de los opositores o independientes.

¿Cómo será la participación en las mesas directivas de las corporaciones?

Los partidos y movimientos que se declaren en oposición tendrán derecho a, al menos, una de las vicepresidencias de las mesas directivas del Congreso, Asambleas y Concejos. Esta representación debe alternarse en períodos sucesivos entre hombres y mujeres.

¿Tendrán algún otro derecho en estos espacios?

Sí. Los voceros de la oposición tendrán derecho a determinar el orden del día de la sesión plenaria y las comisiones permanentes, tres veces durante cada legislatura del Congreso, y una vez durante cada periodo en Asambleas y Concejos.

¿En el caso de las elecciones de gobernadores y alcaldes, los segundos en votación también tendrán asegurada una curul?

Sí. Al igual que ocurrió con el excandidato a la Presidencia Gustavo Petro y su fórmula vicepresidencial, Ángela María Robledo, a quienes les aseguraron un escaño en el Senado y la Cámara, respectivamente, a partir de 2019, el aspirante que siga en votos al que resulte elegido para la Gobernación, tendrá el derecho a ocupar una curul en la Asamblea. El segundo en la elección de alcalde, podrá ocupar un escaño en el Concejo.

¿El integrante de un partido de oposición podrá en algún momento hacer parte del gabinete de Gobierno?

No. Quienes sean o hayan sido directivos o candidatos a nombre de las organizaciones políticas declaradas en oposición,  no podrán ser designados en cargos del gobierno ni dentro de los 12 meses siguientes a su retiro, ni mientras se mantenga la declaración de oposición de dicho partido.

¿Los opositores también tendrán garantías en materia de seguridad?

Sí. En el marco del Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, el Gobierno Nacional estructurará programas de protección y seguridad con enfoque diferencial y de género para los directivos y miembros de las organizaciones políticas declaradas en oposición.

¿Cómo se pueden perder los derechos de la oposición?

Los derechos se mantienen siempre y cuando esté vigente la declaratoria de oposición. 

¿Qué beneficios tendrán los independientes?

Participar en las herramientas de comunicación de las corporaciones públicas de elección popular y postular candidatos de las mesas directivas de los cuerpos colegiados.

Sobre los derechos

Instalación del Congreso: las organizaciones políticas declaradas en oposición al Gobierno Nacional tendrán un tiempo de 20 minutos para presentar sus observaciones y dar a conocer los planteamientos alternativos.

Alocuciones presidenciales: cuando el presidente de la República haga alocuciones oficiales, en el transcurso de las 48 horas siguientes, la oposición tendrá espacio para controvertir la postura del Gobierno, por esos mismos medios.

Derecho de réplica: la oposición tendrá derecho de réplica en los medios de comunicación social del Estado o que utilicen el espectro electromagnético, frente a tergiversaciones graves y evidentes o ataques públicos proferidos por el  presidente de la República, ministros, gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, directores o gerentes de entidades descentralizadas y por cualquier otro alto funcionario oficial.

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Lunes, 9 de Julio de 2018
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