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Piden revocar suspensión de la secretaria de Salud

En los alegatos ante la Procuraduría Regional insisten en que se vulneró el debido proceso.

La defensa de la secretaria de Salud del Municipio, María Constanza Arteaga, presentó los alegatos en contra de la suspensión por tres meses de la que fue objeto por parte de la Personería Municipal y pidió la revocatoria de la misma.

Como se sabe, la decisión se encuentra en una etapa de consulta ante la Procuraduría Regional de Norte de Santander, que en los próximos días deberá determinar si es pertinente o no la medida adoptada, en razón a las presuntas irregularidades que rodearon la firma de un contrato de suministros por más de mil millones.

En el documento, el abogado de la funcionaria, Armando Quintero Guevara, manifiesta que la suspensión proferida por el personero Martín Herrera resulta arbitraria, en la medida que no se hizo ninguna actividad probatoria para analizar los hechos cuestionados, vulnerando así el derecho a la defensa y al debido proceso.

“Siendo evidente que están prácticamente sancionando, sin la existencia de un solo elemento de juicio o sin la existencia de un solo elemento probatorio que haga procedente la aplicación de esa medida preventiva, lo que amerita su revocatoria, como en efecto se solicita con este escrito”, planteó el apoderado de Arteaga.

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Quintero manifiesta que la certeza sobre la veracidad de los argumentos y la cotización allegada con la queja a la Personería debían ser valoradas y cotejadas con documentos u otros medios de prueba, “que debe o debieron recaudarse en la investigación, y no tenerlos como plena prueba de la conducta que se le pretende endilgar a la funcionaria”

En el escrito de alegatos también se agrega que el personero tampoco cumplió con su obligación de argumentar y sustentar los riesgos de la permanencia en el cargo de su defendida, pues no demostró que existan serios elementos de juicio, a partir de los cuales sea posible establecer que la permanencia de Arteaga en la Secretaría de Salud, podría interferir en el trámite de la investigación o que continuara cometiendo la falta.

“El debido proceso no solo constituye una garantía para los particulares respecto a su actuar frente a la administración de justicia, sino que impone un límite mismo a la actuación de los órganos jurisdiccionales o administrativos sancionadores, en desarrollo de su función pública, en tanto que su conducta no puede desbordar ese marco reglado fijado”, recordó Quintero Guevara.

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Jueves, 7 de Mayo de 2020
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