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Piden suspender credencial del electo representante Celis

El electo congresista por el Centro Democrático enfrenta ya problemas para asumir las nuevas funciones.

Sin haber tomado posesión aún de su curul como representante a la Cámara para el periodo 2018-2022, el electo congresista por el Centro Democrático, Juan Pablo Celis, empieza a enfrentar ya problemas para asumir las nuevas funciones.

Su credencial como legislador fue demandada ante el Consejo de Estado por la ciudadana Sandra Ávila Rodríguez, quien alega que el también exconcejal estaba inhabilitado para aspirar al Congreso, toda vez que celebró un contrato de prestación de servicios profesionales con Corponor, dentro de los seis meses anteriores a la elección.

Según la demandante, el convenio fue suscrito el 12 de mayo de 2017 y su duración era de seis meses, es decir, iba hasta noviembre del año pasado, lo que dejaba sin posibilidades al electo representante de postular su nombre a los comicios del 11 de marzo.

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“La celebración debe entenderse por todo el término de duración del contrato que fue hasta noviembre de 2017, incurriendo así en la causal de nulidad del artículo 275.5 del CPACA (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo)”, argumenta Ávila Rodríguez.

En la demanda insiste  en que, en vista de que el objeto del contrato era  ejercer una labor de apoyo al convenio interadministrativo celebrado entre el Ministerio de Minas y Corponor, Juan Pablo Celis también habría incurrido en la prohibición de celebrar negocios dentro de los seis meses anteriores a la elección.

Piden la suspensión

Aunque la admisión de la demanda todavía no se ha resuelto, la demandante Sandra Ávila Rodríguez solicitó, como medida cautelar, la suspensión provisional del acto a través del cual se eligió a Celis Vergel como representante a la Cámara por Norte de Santander.

Aunque la consejera que tiene a cargo el estudio del caso, Lucy Jeannette Bermúdez, consideró que “teniendo en cuenta los argumentos del actor, no se evidencia en este momento que sea urgente proteger y garantizar el objeto del proceso”, razón por la cual no habría lugar a la medida cautelar, la magistrada decidió correr traslado tanto al electo congresista, como al Consejo Nacional Electoral y a la Registraduría Nacional.

Esto para que, “si a bien lo tienen se pronuncien al respecto, de conformidad con el artículo 233 del CPACA”.

Celis y las dos entidades tienen tres días para exponer sus consideraciones sobre la solicitud de la suspensión provisional.

Juan Pablo Celis se convirtió en la sorpresa de las pasadas elecciones, al quedarse con la quinta curul del departamento, ayudado por la votación que obtuvo su partido.

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Domingo, 6 de Mayo de 2018
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