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Revive la polémica por elección del personero de Cúcuta

Karol Yessid Blanco Monroy fue elegido por el Concejo en diciembre.

Cuando se creía que ya estaba zanjada la polémica que rodeó la elección de Karol Yessid Blanco Monroy como el personero de Cúcuta para el periodo 2020-2024, una demanda revivió el sonado proceso que terminó hasta en los estrados judiciales.

Ante el Tribunal Administrativo de Norte de Santander fue solicitada la nulidad del acto que terminó en la escogencia del único candidato al cargo, el pasado 10 de diciembre, por parte del Concejo de la ciudad.

La demandante, Mayra Alejandra Hurtado García, asegura que Blanco Monroy, quien completa ya dos meses en el cargo, no podía aspirar a la Personería, toda vez que al momento de su inscripción como candidato, al parecer se encontraba inhabilitado, puesto que había suscrito un contrato de prestación de servicios con la E.I.S. Cúcuta S.A. E.S.P, vigente entre el 4 de junio de 2019 y el 3 de diciembre de 2019.

“A la fecha de su inscripción, 30 de octubre de 2020, no había transcurrido más de un año de la celebración de su último contrato con una entidad del orden municipal”, alega la demandante.

En ese sentido, Hurtado dice que el Concejo no cumplió con su “propia resolución primigenia, al beneficiar de manera dudosa u omitir la declaratoria de inadmisión del señor Karol Yesid Blanco Monroy”, toda vez que en esta se advertía que para participar en el proceso de selección se requería no estar incurso en causales de inhabilidad para desempeñar el cargo.

“Lo anterior cobra aún mayor importancia dada la calidad y dignidad del cargo que se encuentra en controversia, cual tiene en sus manos la defensa de los derechos humanos y fundamentales de la comunidad, y que haya sido elegido mediante un acto que contravía el orden jurídico y constitucional. Cómo mantener a un personero en el cargo ejecutando actos administrativos, elegido en contravía de la ley (sic)”, dice la promotora de la demanda que se encuentra en etapa de reparto y todavía no ha sido admitida.

Como parte de la solicitud de nulidad electoral, Mayra Alejandra Hurtado García le pide al Tribunal decretar una medida cautelar de urgencia y suspender de manera provisional los efectos del acto de elección del nuevo personero “desde la presentación de la demanda hasta la resolución definitiva del problema propuesto”.

Justifica su petición en que este se trata de un proceso cuya finalidad es la defensa y protección de los derechos e intereses colectivos.

 

Las otras pretensiones

Además de anular la elección de Karol Yessid Blanco Monroy, la demandante está pidiendo que el Concejo convoque a un nuevo concurso de méritos que se ajuste a las disposiciones establecidas en la ley.

De la misma forma, solicita compulsar copias a las autoridades competentes, “derivadas de la omisión de la verificación de las condiciones para la inscripción de la Personería Municipal y la omisión de registro en el Formato de Hoja de Vida de Función Pública por parte del señor Karol Yessid Blanco Monroy (sic)”.

Esto último, por cuanto Mayra Alejandra Hurtado asegura que, de manera “errónea o incorrecta”, el personero consignó en dicho portal que su último contrato de prestación de servicios se dio en el periodo comprendido entre el 23 de mayo de 2019 al 23 de noviembre en la Empresa de Alcantarillado y de Aseo de Cúcuta S.A. E.S.P.

En febrero de 2020, Hurtado García también interpuso una acción de nulidad contra la elección del personero de Villa del Rosario y el caso también fue remitido al Tribunal Administrativo.

La última actuación se surtió en julio del año pasado y el proceso no ha tenido mayores avances.

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Jueves, 4 de Febrero de 2021
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