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En Las Lomas se impuso el bosque en vez del cemento

Corponor le apostó a proteger el ecosistema y las especies, en el área ubicada frente a la glorieta de García Herreros y la prolongación de la Avenida Cero, por lo que negó la solicitud de la Fiduciaria Bogotá S.A para construir allí.

 

La protección del Bosque Seco Tropical en zona urbana de Cúcuta, en el área ubicada frente a la glorieta de García Herreros y la prolongación de la Avenida Cero, es un hecho luego de la decisión de Corponor de negar y archivar la solicitud de aprovechamiento forestal que había solicitado la Fiduciaria Bogotá S.A., para el sector conocido como Las Lomas, en donde la constructora Amarilo S.A., pretendía ejecutar un proyecto urbanístico.

La puja por levantar espacios habitacionales en este sector de Cúcuta, estratégico por ser zona de Bosque Seco Tropical, que contribuye a la regulación del clima y es fuente de abundante biodiversidad, avanza a favor de la preservación de los recursos naturales. Lo anterior, luego de conocerse la Resolución 333 del 1 de junio de 2021 de Corponor, que ratifica la decisión tomada en 2020, mediante la Resolución 0949 del 21 de diciembre.

De acuerdo con el director de Corponor, Gregorio Angarita Lamk, “nuestra decisión, al resolver la solicitud de aprovechamiento forestal, en los términos presentados por la Fiduciaria Bogotá S.A., para proyecto urbanístico de la constructora Amarilo S.A., fue sustentada en argumentos técnicos y legales suficientemente sólidos y contundentes, que permiten garantizar la protección del Bosque Seco Tropical ubicado en el sector conocido como Las Lomas de Cúcuta”.

Los bosques secos son territorios con un alto grado de biodiversidad, proveen de bienes y servicios a las ciudades, como Cúcuta y, además, allí permanecen imponentes árboles de cañaguates, que con sus flores amarillas engalanan el ambiente fronterizo.

De acuerdo con el sustento de las mencionadas resoluciones, la Corporación le dio trámite en el marco de la Ley 1076 de 2015, a la solicitud del permiso de aprovechamiento forestal, generándose en el proceso varios requerimientos a la Fiduciaria Bogotá S.A.

De acuerdo con información de la Subdirección Jurídica de Corponor, no bastaba con que el Plan de Ordenamiento Territorial de Cúcuta (2011), contemplara a esta zona como de expansión urbana apta para el desarrollo de un plan parcial, sino que debían cumplirse una serie de condiciones jurídicas y técnicas desde un enfoque ambiental, establecidas en la norma.

Dichas condiciones luego de requerimientos en diferentes oportunidades, no se cumplieron por tanto la información suministrada no ofreció garantías para la evaluación de las afectaciones ambientales que podrían darse con el aprovechamiento forestal solicitado.

Cambios en área solicitada

La Fiduciaria Bogotá S.A., hizo la solicitud de aprovechamiento forestal para un área de 70 hectáreas y un tope de 5.148 árboles de las especies anona, guapira, cañaguate, tecón, tamarindo y el representativo cují cucuteño. Sin embargo, el 21 de febrero de 2020, modificó el área a intervenir pasando a 3.65 hectáreas.

Ante ello se hacen nuevos requerimientos y el 17 de junio de ese mismo año, la Fiduciaria Bogotá S.A., cambia nuevamente el área, incrementando de 3,65 a 4.14 hectáreas y con ello se modifica, además, el inventario forestal y el análisis estructural del bosque.

Así mismo, en el plan de aprovechamiento forestal único presentado a Corponor el 19 de agosto de 2020, se propone que la compensación correspondiente al aprovechamiento forestal, sea la misma contemplada en el proceso de concertación del plan parcial Las Lomas 1 (hecho en 2015), lo cual no es aceptado por la autoridad ambiental. En virtud de esos hechos Corponor emite la Resolución 0949 del 21 de diciembre de 2020, que en su artículo primero señala “negar y archivar la solicitud de aprovechamiento forestal único presentada por la Fiduciaria Bogotá S.A., para el sector denominado Las Lomas 1”.

Recurso de reposición

Tras conocerse la decisión de Corponor, en 2020, la Fiduciaria Bogotá presentó el 25 de enero de 2021, un recurso de reposición en contra de la Resolución de 2020, argumentando que habían entregado toda la información solicitada y acorde a lo exigido.

Ante ello, las subdirecciones de Recursos Naturales y de Desarrollo Sectorial Sostenible de Corponor, hicieron una revisión documental del expediente y un análisis sustancial de los hechos expuestos por la Fiduciaria, concluyendo que frente al argumento de que la modificación de la línea base fue concertada, en ningún momento la Corporación solicitó dichos cambios para el aprovechamiento forestal único y que los requerimientos se hicieron en el marco de los instrumentos técnicos y legales que regulan los permisos de este tipo.

Ahora bien, frente al argumento de que toda la información cumplía con lo solicitado, el equipo evaluador concluyó que “no es cierto que la información allegada dé cumplimento a lo requerido por Corponor, máxime cuando las modificaciones efectuadas llevaron a cambios en otros aspectos técnicos que fueron presentados en los primeros informes y no se trataron en el documento final”.

Así, recientemente se emitió la Resolución 333 del 1 de junio de 2021, firmada por el director general de Corponor, Gregorio Angarita Lamk, que resuelve el recurso de reposición y ratifica la decisión de 2020, ordenando el archivo de este proceso.

Las Lomas

El plan parcial Las Lomas quedó aprobado y finalizando en 2015. Le apuntaba a tres objetivos: construcción de vivienda estrato 5 y 6, construcción de vivienda de interés prioritario y un gran centro comercial.  En total, Amarilo construiría unas 4.000 soluciones de vivienda allí.

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Lunes, 12 de Julio de 2021
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