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Corponor: Consejo de estado da el ‘sí’ a contralores
Aclaró las dudas relacionadas con las funciones de los contralores y su posibilidad de aspirar a la dirección de una corporación ambiental.
Sábado, 5 de Diciembre de 2015

Las contralorías territoriales tienen a su cargo el control fiscal ambiental y la vigilancia de la gestión fiscal, que incluye la valoración de los costos ambientales”, razón por la cual “el ejercicio del cargo de contralor territorial puede tenerse en cuenta para acreditar el cumplimiento del requisito de experiencia profesional relacionada”.

Esa es la conclusión del Consejo de Estado sobre el cumplimiento de requisitos para que un contralor pueda aspirar a la dirección de una corporación ambiental.

El documento del máximo órgano decisorio para lo administrativo, fue enviado el pasado 2 de diciembre al Departamento Administrativo de la Función Pública, que formuló la inquietud tras recibir la solicitud de aclaración del tema por parte del Consejo Directivo de Corponor, el cual requiere dar solución a las discusiones sobre el particular, que tienen trabada la elección del nuevo director de esta entidad.

La necesidad de la consulta se dio además porque sobre el caso se han planteado diferentes posturas institucionales, así:

- De la Procuraduría General de la Nación, del 30 de octubre.

- De la Contraloría General de la República, el 10 de noviembre.

- Del ministerio de Ambiente, también del 10 de noviembre.

- Del Departamento Administrativo de la Función Pública, del 5 de noviembre.

Uno de los aspectos en cuestión es el de la experiencia relacionada y, según el Consejo de Estado, en dicha experiencia el vínculo se da entre las funciones asignadas al cargo y la que ha tenido el interesado en razón de sus empleos o actividades anteriores.

“Se busca así que la administración vincule a personas que, por su experiencia previa, tengan mejores competencias y periodos más cortos de aprendizaje y adaptación al cargo”, señala el documento.

Además, se aclara que las contralorías territoriales tienen a su cargo la valoración de los costos ambientales, los cuales tienen enfoque jurídico, económico y técnico. 

En el caso de lo jurídico, se busca el desarrollo de los mandatos ambientales y se vela por la efectividad de las normas; en lo económico, la valoración busca reflejar el impacto del desarrollo del país en la degradación y pérdida de los bienes y servicios ambientales; mientras que lo técnico se integra a los procesos de responsabilidad fiscal por detrimento o daño al patrimonio natural.

“El cumplimiento de las funciones anotadas por parte de los contralores territoriales, involucra necesariamente el conocimiento y comprensión de un marco conceptual del medio ambiente y los recursos naturales”, asevera el Consejo.

Además de hacer estas aclaraciones, el Consejo recuerda la jurisprudencia vigente emanada de la Sección Quinta y recuerda una sentencia similar dada para la elección del director de la Corporación Autónoma para la Defensa de la Meseta de Bucaramanga (Cdmb), en la que se acreditaba la experiencia específica, pero para los personeros municipales, sobre los cuales reposaban las mismas inquietudes.

Inhabilidad aclarada

Así las cosas, la inhabilidad señalada por María Eugenia Carreño, procuradora delegada para la función pública, quedaría aclarada, pues una recomendación de la funcionaria llevó a los integrantes del Consejo Directivo a suspender la elección desde el 4 de noviembre.

Vale recordar que Carreño, tras reevaluar las 18 hojas de vida seleccionadas para el proceso, indicó que quienes se habían desempeñado como contralores municipales no cumplirían con los requisitos para liderar Corponor y que debía primar el principio de especialidad.

*La Opinión

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