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Corte anula tutela que ordenó reabrir prostíbulo de Chinácota

Aseguró que se vulneró la autonomía de los municipios en la definición de ordenamiento territorial.

La Sala Plena de la Corte Constitucional anuló esta noche la tutela que ordenó la reapertura provisional de un prostíbulo de Chinácota, Norte de Santander, que había sido cerrada en junio de 2016 y que había sido reubicada a 100 metros de un colegio.

La Sala Plena accedió a un recurso de nulidad que presentó la alcaldesa del municipio Nubia Rosa Romero, quien alegaba que el establecimiento no cumplía con el requisito de uso de suelo que exigía la administración municipal.

De acuerdo con la Corte, en efecto se vulneró la autonomía de los municipios en la definición de ordenamiento territorial y anuló el fallo que era de una Sala de Revisión, para que ahora sea toda la Sala Plena la que se pronuncie al respecto.

Este fallo fue celebrado en su momento porque además de ordenar la reapertura del lugar, ordenaba a su dueña a garantizar a las trabajadoras todas las prestaciones sociales y ordenaba a la alcaldía a crear políticas públicas de generación de empleo como oportunidades para estas mujeres.

Esta tutela, además, decía que se debía proteger a las mujeres venezolanas que prestan servicios sexuales en el país, a fin de determinar en qué condiciones están e incluso darles documentos que permitan hacer su trabajo sin ninguna vulneración.

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Colprensa
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Miércoles, 30 de Agosto de 2017
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