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Ley de amnistía para los deudores de multas de tránsito

El beneficio cubrirá a los infractores que tengan pendiente el pago de las multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2020.

El Gobierno Nacional aprobó en los últimos días la Ley 2027 de 2020, la cual establece amnistía a  los deudores de multas por infracciones al Código Nacional de Tránsito y otorga la posibilidad de llegar a acuerdos de pago.

El beneficio cubrirá a los infractores que tengan pendiente el pago de las multas impuestas hasta el 31 de mayo de 2020. Podrán acogerse sin necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito y tendrán descuentos por el 50% de la deuda y del 100% de los respectivos intereses.

Aquellos que tengan la intención de pagar la multa, pero que no cuenten con el valor total del dinero para hacerlo, contarán con la opción de suscribir un acuerdo de pago con un plazo de hasta un año, contado a partir de la fecha de suscripción del pacto, para lo cual, las autoridades de tránsito aplicarán lo dispuesto en sus manuales de cartera.

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Sin embargo, quienes incumplan con una sola de las cuotas establecidas, perderán los beneficios y la autoridad de tránsito iniciará la ejecución de cobrar la totalidad de la deuda, “procediendo a reportar la novedad sobre las multas y sanciones por infracciones de tránsito al Sistema Integrado de Información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito – SIMIT”, según indica la ley.

La ley de amnistía señala que esta no se concederá a los conductores a quienes se le haya impuesto la infracción posterior al 31 de mayo de 2020 y tampoco a los infractores que “al momento de los hechos constitutivos de la infracción, estuvieran en estado de embriaguez o bajo los efectos de las sustancias psicoactivas”.

El secretario de Tránsito y Transporte de Cúcuta, Mayid Gene,  aseguró que la norma está siendo parametrizada por el SIMIT, por lo que se espera que para el fin de semana esté lista.

También se precisó que la entrega de vehículos inmovilizados no se podrá tramitar hasta tanto el propietario acredite estar a paz y salvo o haber firmado un acuerdo de pago que esté vigente.

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Lunes, 27 de Julio de 2020
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