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Salud
Superindustria prohibió la venta de dióxido de cloro a través del comercio electrónico
También le solicitó a la red social Facebook suspender las publicaciones que aparecen en la sección ‘Marketplace’ en las que se ofrece el producto y otros similares.
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Martes, 9 de Febrero de 2021

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) emitió órdenes prohibiendo la comercialización del dióxido de cloro, y otros productos similares, a través del comercio electrónico.

La entidad encontró que en los sitios web: https://amigosdeverdad.org/ y https://cdscolombia.com, se ofrece y comercializa este producto, al que se le atribuyen propiedades antimicrobianas, antivirales y antibacterianas que podrían inducir en error a los consumidores, haciéndoles pensar que es efectivo en el tratamiento de distintas enfermedades, incluido el virus de la COVID-19. 

En atención a la información suministrada por el Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos  (Invima), el consumo de estos productos puede traer efectos adversos para la salud y en Colombia no existen productos que cuenten con registro sanitario para su comercialización como medicamento.

La SIC ordenó a los responsables de las páginas web ‘Amigos de verdad’ y ‘CDS Colombia’ cesar la comercialización del producto y retirar de manera inmediata todas las publicaciones del ‘dióxido de Cloro – CDS’ y otros similares o equivalentes, al cual le atribuye bondades de sanación y/o prevención de la COVID-19 y de ciertas enfermedades, mientras se adelanta la correspondiente actuación administrativa.

También solicitaron remitir los datos del administrador y/o propietario del sitio web https://cdscolombia.com/, informar el nombre o razón social, identificación y datos de contacto del laboratorio que fabrica el producto que se ofrece y establecer si el ‘dióxido de Cloro’ que ofrecen cuenta con registro sanitario expedido por el Invima.

Además, se pidió allegar los soportes documentales (técnicos y/o científicos), que sustentan las bondades atribuidas al ‘dióxido de Cloro”, especialmente las relacionadas con la prevención y/o curación del COVID-19.

“En caso de que la orden impartida no se atienda dentro del término señalado y de manera completa, podrán imponerse multas hasta por 1.000 SMMLV. Del mismo modo, en caso de encontrar alguna conducta que viole los derechos de los consumidores, como información engañosa o insuficiente, y que pueda poner en riesgo la salud de las personas, podrán imponerse multas hasta por 2.000 SMMLV”, dijo la SIC  en un comunicado emitido este martes.

 Adicionalmente, y una vez se evidenciaron publicaciones en la sección denominada ‘Marketplace’ de la red social Facebook, en las que se ofrece el ‘dióxido de Cloro – CDS’ y otros similares o equivalentes, la Superintendencia solicitó al responsable de esta red social para la Región Andina suspender las publicaciones referidas y remitir los datos de contacto de los responsables de dichas publicaciones.

“Estas órdenes y la solicitud a la mencionada red social, se suman a las 27 órdenes impartidas a la fecha por la Superintendencia de Industria y Comercio, con el fin de proteger a los consumidores para que estos accedan a productos seguros, que no pongan en riesgo su salud e integridad física, teniendo en cuenta las advertencias que, sobre el producto han realizado autoridades como el INVIMA, e internacionales como la Administración de Alimentos y Drogas de los Estados Unidos de Norteamérica (FDA por sus siglas en inglés), y en segundo lugar, proteger el derecho que les asiste a recibir información adecuada sobre los productos que se ponen a su disposición”, concluyó la SIC.

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