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Revocan hábeas corpus concedido al oso 'Chucho'

El caso del oso de anteojos ha indignado a animalistas y a la sociedad colombiana.

La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efectos el fallo de hábeas corpus que había ordenado el traslado de un oso de anteojos del zoológico de Barranquilla a la reserva Río Blanco de Manizales.

La Sala falló una tutela que presentó la Fundación Botánica y Zoológica de Baranquilla contra el fallo de habeas corpus de la Sala Civil de la Corte Suprema que aseguró que los animales son sujetos de derecho y por concedió dicha acción.

En el nuevo fallo de tutela, la Sala dijo que los recursos de hábeas corpus solo se pueden presentar para proteger la libertad de una persona, de un ser humano individual, y no para favorecer a otros seres vivientes “pues ello erosiona la real esencia de ese tipo de acciones legales”.

“A juicio de la Sala, la defensa de los animales ante el maltrato, o ante la extinción o abuso, no se resuelve adscribiéndoles el carácter de persona, sino fundamentalmente mediante otro tipo de mecanismos, que incluso prevé la reseñada Ley 1774 de 2016, cuyo objeto es el de otorgarles protección contra el sufrimiento y el dolor, causado directa o indirectamente por los humanos”, dice el fallo en referencia a la ley de maltrato animal.

De acuerdo con la Sala Laboral, la eventual condición de indefensión en que se pueda encontrar el oso de anteojos 'Chucho', “no significa que puedan soslayarse las garantías de protección animal, dada su condición de ser sintiente”.

En la determinación, la Corte señaló que los animales “en su condición de seres con sensibilidad, deben recibir especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, pero ello no habilita el uso de una acción legal como el hábeas corpus, la cual ha sido dispuesta por el legislador para garantizar la libertad de los ciudadano”.

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Colprensa
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Viernes, 18 de Agosto de 2017
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