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Colombia
Jorge Visbal Martelo, camino a la JEP por orden de la Corte Suprema
El exsenador y exembajador de Colombia fue procesado bajo el cargo de concierto para delinquir.
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Colprensa
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Jueves, 9 de Mayo de 2019

Con ponencia del magistrado Luis Guillermo Salazar Otero, la Corte Suprema de Justicia remitió a la Jurisdicción Especial para la Paz el expediente de la investigación que se sigue en contra de Jorge Visbal Martelo.

El exsenador y exembajador de Colombia ante Perú, durante la presidencia de Álvaro Uribe Vélez, fue procesado bajo el cargo de concierto para delinquir, por lo que el 14 de marzo de 2012 se le dictó medida de aseguramiento, la cual fue revocada el 4 de julio de ese mismo año.

Las investigaciones en su contra están relacionadas con los nexos que tuvo, de acuerdo con la Fiscalía, con grupos paramilitares, lo que le valió una condena de nueve años de cárcel, de acuerdo con la sentencia proferida por el Juzgado quinto especializado de Bogotá en junio del año pasado.

Visbal Martelo en diciembre pasado solicitó que su proceso judicial sea remitido a la justicia transicional, su argumento se basa en “haber sostenido vínculos con grupos paramilitares en el lapso comprendido entre 1998 y 2005. Pese a que jamás aceptaré tan oprobiosa acusación, el hecho jurídicamente relevante es supuestamente haber patrocinado uno de los factores del conflicto armado”.

En su texto, Visbal Martelo señaló que su proceso podía llegar a la JEP así como lo hicieron con los casos de Julio Manzur Abdala, Julio Acosta Bernal, Héctor Julio Alfonso y Álvaro Ashton.

De acuerdo con la Sala, el proceso del exsenador debe estar en la justicia transicional dado que los hechos delictivos por los que fue detenido y condenado ocurrieron en el marco del conflicto armado, pues al hombre se le señalaba de haber integrado las Autodefensas Unidas de Colombia y más allá de las funciones que pudo haber cumplido clandestina y gradualmente se fue implicando con la organización criminal hasta hacer parte de la misma en el ‘Grupo de los doce’.

Para la Corte es claro que los hechos fueron cometidos previos a la firma final del acuerdo de paz. “Pese a no participar directamente de las hostilidades generadas, si lo fue, según las sentencias de instancia de forma directa a través del apoyo no solo intelectual o de designio económico para el desarrollo de aquellas”.

Se espera que durante los próximos días la JEP se pronuncie sobre si acoge o no tal solicitud.

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