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Minsalud define requisitos para solicitar la eutanasia en Colombia
La Resolución 971 de 2021, establece directrices para las instituciones prestadores de salud las cuales deberán crear un comité para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad.
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Colprensa
Colprensa
Martes, 13 de Julio de 2021

Desde el pasado 1 de julio de 2021 en Colombia entró en vigencia la resolución del ministerio de Salud que establece nuevos lineamientos para garantizar el derecho de los enfermos en estados terminales a una muerte digna a través de la eutanasia.

Así mismo, la Resolución 971 de 2021, establece directrices para las instituciones prestadores de salud las cuales deberán crear un comité para hacer efectivo el derecho a morir con dignidad.

Sobre la solicitud de eutanasia, el ministerio de Salud estableció que debe ser voluntaria, informada, inequívoca y persistente. Puede ser expresada de manera directa por el paciente por medio de una declaración verbal o escrita, y de manera indirecta a través de un Documento de Voluntad Anticipada.

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La norma establece que los requisitos mínimos para hacer la petición son: presencia de una enfermedad incurable avanzada y enfermedad terminal o agonía.

Además, la solicitud para el derecho a morir con dignidad a través de eutanasia deberá ser presentada al médico responsable quien dentro de las primeras veinticuatro horas deberá activar un Comité Científico-Interdisciplinario, este comité le corresponde verificar el cumplimiento de las condiciones necesarias para acceder a la eutanasia.

“El comité deberá verificar la existencia de las condiciones para adelantar el procedimiento eutanásico a saber, (i) presencia de enfermedad terminal, (ii) sufrimiento secundario a la enfermedad terminal, (iii) capacidad y competencia mental, (iv) inexistencia de alternativas razonables de tratamiento específico para la enfermedad que provoca la condición de enfermedad terminal o del alivio de síntomas, (v) recepción de cuidados paliativos”, subraya el documento.

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El paciente deberá ser informado de las distintas alternativas a esta práctica y podrá desistir en cualquier momento.

De esa manera, el derecho a la eutanasia en Colombia no se aplicará cuando el paciente no puede expresar la solicitud de manera libre e informada o cuando la solicitud sea por medio de un tercero en ausencia de un Documento de Voluntad Anticipada.

Con la medida, Colombia se reafirma como uno de los siete países del mundo donde la eutanasia es legal. Esto en cumplimiento de la sentencia de 2017 de la Corte Constitucional que instó al Ministerio de Salud para que regulara el derecho a la muerte digna.

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