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Minsalud reguló precio de recobro para 50 medicamentos
Dentro del grupo que cobija la resolución, están algunos medicamentos para controlar el colesterol, antigripales y analgésicos.
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Colprensa
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Miércoles, 8 de Mayo de 2019

El Ministerio de Salud y Protección Social emitió la resolución 1019 de 2019, con la cual se le pone techo a los valores que las entidades de salud le cobran a la Nación por suministrar tecnologías y procedimiento a los colombianos que no se financian a través de la Unidad de Pago por Capitación (UPC).

La viceministra de Protección Social, Diana Isabel Cárdenas, manifestó que la resolución fija los valores máximos de cobro y recobro que pueden solicitar las entidades al Gobierno Nacional por los medicamentos y las tecnologías en salud que no están financiados por la UPC.

La funcionaria señaló que anteriormente había gran dispersión por esos valores y puso como ejemplo que por el mismo componente de un medicamento administrado a un paciente, una EPS le cobraba al sistema 20 pesos por miligramo y otras solo 5 pesos.

“Iniciamos con un grupo de 50 principios relevantes y a julio próximo esperamos tener la totalidad. Se busca reducir la dispersión en los cobros al sistema por esos principios activos que son prescritos a los colombianos para sus tratamientos en salud”, manifestó Cárdenas, quien agregó que cerca de 1600 medicamentos hacen parte de este primer conjunto.

Dentro del grupo que cobija la resolución, están algunos medicamentos que se emplean para controlar el colesterol, antigripales y analgésicos.

La viceministra explicó que esta medida también busca hacer más eficiente el gasto público, para que cada vez más los recursos de la salud se destinen a que los colombianos tengan un mayor acceso y calidad en estos servicios.

Así mismo, señaló que la decisión aplica para EPS, IPS y las demás instituciones recobrantes que suministren a sus afiliados medicamentos y servicios que no están financiados por la UPC, los cuales se entregan a través de la herramienta tecnológica Mipres y se cobran a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).

Listado de medicamentos 

1. Ácido fenofibricoirosuvastatina.

2. Agasidasa Afa.

3. Amisulprida.

4. Amlodipino - Candesartán.

5. Amlodipino - Irbesartán.

6. Benserazida.

7. Betametasona.

8. Bifidobacteria.

9. Bilasitina.

10. Bosutinib. 

11. Bromuro de otilonio. 

12. Bromuro de tiotropio.

13. Cafeína. 

14. Canagliflozina.

15. Carbonato de Magnesio.

16. Carboximetilcelulosa.

17. Carboximetilcelulosa - Glicerina.

18. Clorfeniniramina.

19. Dapaglifozina.

20. Denosumab.

21. Dexametasona.

22. Diclofenaco. 

23. Difenhidramina. 

24. Diosmina.

25. Diosmina - Hesperidina. 

26. Etoricoxib.

27. Exenatida.

28. Febuxostat.

29. Fibrinogeno.

30. Fludocortisona.

31. Gefitinib.

32. Glicerina. 

33. Glicopirronio.

34. Hialuronato de sodio.

35. Hidroxicloroquina.

36. Icatibant.

37. Linagliptina.

38. Liraglutida.

39. Melatonina.

40. Metformina.

41. Midodrina. 

42. Oxaprozina.

43. Paracetamol.

44. Pasireotida. 

45. Propafenona.

46. Propilenglicol. 

47. Sumatriptan.

48. Temsirolimus.

49. Tetrabenazina.

50. Trimebutina.

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