La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Colombia
Montealegre pide a Corte Constitucional declarar inaplicable el plebiscito por la paz
El fiscal general lo considera innecesario para implementar los acuerdos de La Habana.
Viernes, 11 de Marzo de 2016

El fiscal general de la Nación, Eduardo Montealegre, manifestó mediante un comunicado que solicitará que la ley que regula el plebiscito para la paz sea declarada inexequible por la Corte Constitucional.

Para el Fiscal, el plebiscito no puede ser vinculante para la aprobación del acuerdo final, dado que el presidente de la República, Juan Manuel Santos tiene las facultades constitucionales para hacer cumplir los acuerdos, que serían firmados en los próximos meses en La Habana, Cuba, sin necesidad de un resultado electoral.

La solicitud de Montealegre ya fue puesta en conocimiento del alto tribunal para que tenga en cuenta los argumentos del ente acusador, frente a esta ley que está actualmente en revisión de la Corte Constitucional.

“Si bien la participación popular es un elemento valioso en una democracia, esto no puede implicar que las facultades del Presidente de la República para alcanzar la paz tengan que estar condicionadas al veredicto de la ciudadanía”, manifestó el director Nacional de Asuntos Constitucional, Rafael Lafont, sobre el concepto enviado por la Fiscalía.

Para el Fiscal General, la Ley que regula el plebiscito parte de “un supuesto erróneo”, y en ese sentido, la firma de los acuerdos pactados entre Gobierno y Farc no pueden estar sometidos a un resultado electoral, por lo cual, el acuerdo final debe desarrollarse en el marco de las facultades constitucionales del Gobierno, el Congreso, la Rama Judicial y los organismos de control.

Montealegre alertó que una de las mayores dificultades podría presentarse en el escenario de que en una votación no ganara el plebiscito, con lo cual se “limitarían las facultades constitucionales” para alcanzar e implementar la paz, lo cual sería contrario a la Constitución, según el Fiscal.

Por su parte, el presidente Juan Manuel Santos ha manifestado en diversas ocasiones que de no ser aprobado el plebiscito para la paz por parte de la Corte Constitucional, buscará otro mecanismo de refrendación que pueda ser implementado.

El siguiente es el comunicado de cinco puntos enviado por el fiscal:

Fiscal pidió a la Corte declarar inconstitucional el proyecto de ley que regula plebiscito para la paz

El Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, solicitó a la Corte Constitucional, que declare inexequible el proyecto de Ley Estatutaria que regula el plebiscito para la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera.

La petición figura en un concepto radicado a nombre de la Fiscalía General en el proceso de revisión que se adelanta al proyecto de Ley Estatutaria del plebiscito para La Paz.

La solicitud está fundamentada en los siguientes argumentos:

1. El Gobierno Nacional tiene la obligación constitucional de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar los derechos de los ciudadanos, incluido el derecho a la paz. Los trámites, acciones y compromisos adquiridos por el gobierno en las negociaciones con las Farc, se han logrado en el marco de estas facultades constitucionales. Si bien la participación popular es un elemento valioso en una democracia, esto no puede implicar que las facultades del Presidente de la República para alcanzar la paz tengan que estar condicionadas al veredicto de la ciudadanía.

2. El desarrollo constitucional y legal del acuerdo final para la terminación del conflicto, no puede estar sometido a un resultado electoral. Debe desarrollarse en el marco de las facultades constitucionales del Gobierno, el Congreso, la Rama Judicial, los Organismos de Control y las Entidades Públicas para lograr la paz.

3. Debido a que en el articulado del proyecto de Ley Estatutaria se establece que la decisión adoptada a través del plebiscito tendrá carácter vinculante para efectos del desarrollo del acuerdo y a que se dispone la obligación de acatar el resultado de la votación, el Fiscal General de la Nación concluyó que el proyecto de Ley parte de un supuesto erróneo, según el cual, adelantar y culminar un proceso de paz en Colombia requiere refrendación. Esto es contrario a la Constitución.

4. Este proyecto de Ley implica una reforma constitucional de facto, porque modifica las competencias de las distintas Ramas del Poder Público frente al derecho a la paz. El Fiscal Eduardo Montealegre Lynett considera que en el evento de ganar el NO, se limitarían las facultades constitucionales del poder público para alcanzar e implementar la paz, lo cual sería contrario a la Constitución.

5. En conclusión: el plebiscito no puede ser vinculante para la aprobación del acuerdo final. El Presidente, tiene plenas facultades constitucionales para adelantar y llevar a buen término un proceso de paz.

Bogotá | Colprensa

Temas del Día