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Colombia
Preparan decreto para permitir que capellanes sean contratados por el Estado
El Estado colombiano podrá celebrar con las asociaciones de ministros convenios de derecho público para impartir enseñanza e información religiosa y ofrecer asistencia por medio de capellanías a los miembros de las iglesias.
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Colprensa
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Sábado, 23 de Enero de 2021

El Gobierno Nacional, en cabeza del Ministerio del Interior, prepara un decreto que les permitiría a los capellanes ocupar cargos públicos, argumentando que los motivos religiosos no son impedimentos para que una persona acceda a cualquier trabajo.

“Se garantiza el derecho de toda persona de no ser impedido por motivos religiosos para acceder a cualquier trabajo o actividad civil, para ejercerlo o para desempeñar cargos o funciones públicas, especialmente tratándose del ingreso, ascenso o permanencia en capellanías a quienes debe exigirse la certificación de idoneidad emanada de la iglesia o confesión de la religión a que asista”, describe el borrador del decreto.

En síntesis, el documento indica que los capellanes podrían acceder a los cargos públicos, sin importar la entidad religiosa de la que hacen parte, pero que deberán cumplir con las normas legales y reglamentarias vigentes, de orden nacional y territorial, que regulan la nomenclatura y la clasificación, así como el sistema de funciones y requisitos generales del empleo público.

El Estado colombiano podrá celebrar con las asociaciones de ministros convenios de derecho público para impartir enseñanza e información religiosa y ofrecer asistencia por medio de capellanías a los miembros de las iglesias y confesiones religiosas, y aquellas otras personas que así lo soliciten, “cuando se encuentren en establecimientos públicos oficiales educativos, castrenses, hospitalarios, asistenciales, penitenciarios y similares”.

Para esto, los capellanes deberán estar acreditados para ejercer la asistencia religiosa por la iglesia, confesión religiosa o asociación de ministros a la cual pertenezcan, la cual deberá estar inscrita en el Registro Público de Entidades religiosas a cargo del Ministerio del Interior.

“Las iglesias y confesiones religiosas podrán, a través de sus institutos de formación y de estudios teológicos, o asociaciones de ministros, o mediante convenios con institutos de educación superior, capacitar, acreditar y certificar las competencias teológicas de los capellanes”, contempla el documento.

El Ministerio del Interior define como capellán a quien ejerce un ministerio o servicio religioso como miembro idóneo de una entidad religiosa, encargado de proporcionar asistencia y acompañamiento en establecimientos públicos educativos, castrenses, hospitalarios, asistenciales, penitenciarios y otros bajo la dependencia del Estado.

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