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Conservadores con W y García-Herreros
En el organigrama encontramos ubicadas subsecretarías con asignación de secretarías por fuera de su rango jerárquico, o Departamento Administrativos, al margen de la Constitución Política y del Estatuto Básico de la Administración Pública.
Jueves, 5 de Octubre de 2023

Como providencialmente tenemos candidatos conservadores, pues no votemos en blanco, como votan los hipócritas.

En el 2015, por los días en los cuales eran dueños del Partido Conservador en el nivel nacional los Senadores David Barguil y Martha Lucía Ramírez y aquí Isabelita y Juan Manuel, merced a los estatutos arbitrarios aún vigentes, juntos y a una, me negaron el aval para inscribirme como candidato a la alcaldía de Cúcuta.

Yo había escrito cinco columnas concretas para explicar mi programa de gobierno muy simple pero importante: Institucionalizar el municipio de Cúcuta y consecuencialmente el Área Metropolitana AMC.

Aparentemente una propuesta elemental, pero tan necesaria que es la única manera de preparar el cambio regional. Sí, porque Cúcuta es el polo en todos los sentidos, a cuyo alrededor gira el Departamento como segundo nivel y todos los 40 municipios y sus 6 subregiones, de tal forma que los aciertos y los errores que comete la municipalidad de Cúcuta, se imitan y copian totalmente en el tercer nivel.

Esa vez desde la academia-Unilibre, Unipamplona y UFPS- le propusimos al Señor Gobernador de la época, la importancia que ejerciera su competencia constitucional que le asigna el artículo 305 numeral 10: “Revisar los actos de los concejos municipales y de los Alcaldes y, por motivos de Inconstitucionalidad, remitirlos al Tribunal Administrativo competente para que decida sobre su validez”.

En otro foro regional de FODESEP, nuevamente como en fuente ovejuna, los profesores de Derecho Constitucional Colombiano, reunidos en el aula máxima de una academia coincidimos; si esa competencia se ejerciera con rigurosidad, los 40 municipios marcharían distinto. Además, se reduciría en un porcentaje elevado, el desgaste de la jurisdicción administrativa.

Alguien en la reunión -un disidente le llaman hoy-, expresó, que no había necesidad de revisar los acuerdos y actos de los alcaldes de cada municipio. Bastaba revisar los de Cúcuta, pues los demás copiaban e imitaban los aciertos y los errores del municipio capital. Nada más cierto.

Decía que hay que partir de cosas elementales. Por ejemplo, empezar a depurar el organigrama municipal, ordenando sus jerarquías y competencias, complementar y ajustar las inconsistencias, porque desde allí se inicia la anarquía y desorden del gasto, con detrimentos continuados desde tiempos inmemoriales y ello da un mal retrato de la calidad del servicio público.

En el organigrama encontramos ubicadas subsecretarías con asignación de secretarías por fuera de su rango jerárquico, o Departamento Administrativos, al margen de la Constitución Política y del Estatuto Básico de la Administración Pública.

La Constitución define y clasifica los DAF como autónomos con patrimonio propio en los Artículos 150.7, 208 y Ley 489 de 1998 Artículo 38 y concordantes.

El comportamiento de los Departamentos Administrativos municipales del Departamento y del municipio Cúcuta, son el de una simple secretaría, pues ni son autónomos, ni tienen patrimonio propio y su funcionamiento son carga presupuestal.

Hecho el saneamiento es fácil realizar los sueños; mediante Asociaciones Público Privadas de la ley 1508 de 2012 con el BIRF y el Banco Mundial que ya nos conocen, para iniciar -Cínera, el Teleférico y Puente Niza, la canalización del Rio Pamplonita, la Central de Transporte Metropolitana, el Parque Metropolitano de atracciones mecánicas, La Villa Olímpica, el Centro de Ferias, Los Parques de los Cerros - . Sí, sería muy bueno ordenar, rectificar y empezar.

Adenda: El Gobernador William Villamizar y el Alcalde Conservador Juan Carlos Garciaherreros comenzarían esa Institucionalización.

 

 

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