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Cúcuta
Tutela ordena acabar con el hacinamiento en las estaciones
La acción fue interpuesta para garantizarles los derechos a la dignidad y la vida.
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Lunes, 5 de Octubre de 2020

Es difícil la condición de hacinamiento en la que vive la población carcelaria detenida transitoriamente en estaciones y subestaciones y CAI de la Policía en el área metropolitana de Cúcuta.

Esa realidad motivó a los Procuradores Judiciales Penales de Cúcuta Juan Solano, Luis Peñaranda, Hader Ramírez, Juan Cháves, Jorge Carvajal, Julio Zambrano y José Vargas a impetrar una acción de tutela con el fin de que se tutelaran los derechos fundamentales a la dignidad, vida, trato digno, debido proceso, defensa, salud, acceso a la administración de justicia y demás consagrados en pactos y convenios internacionales sobre derechos humanos de las personas privadas de la libertad en dichos centros, considerando que se les están vulnerando sus derechos por las siguientes circunstancias: hacinamiento, salubridad y prevención de la COVID-19, y acceso a la justicia y defensa. 

En el caso del hacinamiento los Procuradores Judiciales solicitaron a la Policía Metropolitana de Cúcuta un informe sobre la situación de la población carcelaria detenida transitoriamente en sus estaciones encontrando que en 15 de los 18 centros de detención transitoria existe sobrecupo respecto de su capacidad de población; 6 de estos entre 2 a 3 veces más de lo adecuado; 6 de entre 4 a 5 veces y 3 con casi 10 veces más de lo debido. No existiendo condiciones de hacinamiento en las estaciones de San Cayetano (Cabecera municipal y subestación Cornejo) ni en la URI de la Fiscalía, según el recuento presentado el 23 de septiembre de 2020. 

En los Centros de Atención Inmediata (CAI) de los barrios Aeropuerto, Kennedy, Alfonso López, El Rodeo y Guaimaral y las estaciones de Policía de los barrios Centro, Belén, El Trigal, San Fernando, La Libertad, Villa del Rosario (CAI Betania), Puerto Santander, Los Patios, El Zulia y San Cayetano, y las subestaciones de Policía de la Ye de Astilleros y Cornejo, con 18 salas para 142 sindicados, en la fecha descrita habían 544, es decir un 383% de hacinamiento. 

En la estación de Policía de El Zulia, con una sala para albergar a 4 detenidos, se encontraban 23, es decir un hacinamiento de 575%, mientras que en el CAI del Aeropuerto con capacidad para 8 detenidos en su única sala de detención, habían 41 personas, un 513% de hacinamiento. 

“Esto evidencia, que realmente existe una situación contraria a la dignidad humana en 15 centros de detención transitoria, cuya capacidad de población ha sido desbordada plenamente e impide que las personas allí privadas de su libertad tengan un espacio digno donde cumplir con la orden de detención impuesta en su contra, y ello desconoce el rango de derechos intangibles que por su interconexión con la dignidad humana está en la obligación de garantizar el Estado a través de las entidades que tienen a su cargo a esta población”, según los accionantes.

El fallo 

La Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta,  en el reciente fallo decidió en primera instancia tutelar los derechos fundamentales a la vida, dignidad humana y salud de las personas privadas de la libertad en centros de detención transitoria del área metropolitana de Cúcuta, con excepción del municipio de San Cayetano.

En el fallo del 31 de septiembre de 2020 de la Tutela 034 se ordena al Ministerio de Justicia y del Derecho, al Inpec, a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), al Complejo Penitenciario y Carcelario de Cúcuta, a la Gobernación de Norte de Santander, a la Policía Metropolitana de Cúcuta y a las alcaldías de Cúcuta, Villa del Rosario, Los Patios, El Zulia y Puerto Santander que en el término de los 30  días siguientes a la notificación de la  providencia, deberán proceder a diseñar un plan para la aplicación de la Circular 041 del 28 de septiembre de 2020 sobre traslado de internos privados de libertad en centros de detención transitoria a los respectivos establecimientos carcelarios que corresponda según su situación jurídica.

Lo anterior dirigido a hacer un diagnóstico y plantear estrategias para disminuir progresiva y razonablemente las condiciones de hacinamiento de las estaciones, subestaciones y CAI de la Policía Metropolitana suscitadas por el bloqueo de traslados durante la pandemia de la COVID-19, para que se alcance un equilibrio entre los cupos de cada establecimiento con las personas allí recluidas.

Ordena en tercer lugar que en el término de los 15 días siguientes a la notificación de dicha  providencia procedan  a verificar el estado de salud de todas las personas privadas de la libertad en centros de detención transitorios.

Así mismo, garantizarles a estas personas la atención médica de carácter urgente que requieran, mediante brigadas de salud periódicas y permanentes entre las cuáles no puede transcurrir más de un mes de diferencia, incluyendo un plan de contingencia para la detección y manejo de casos positivos de la COVID-19.

Suministrar a todas las personas privadas de la libertad en estaciones, subestaciones y CAI un kit con elementos de bioseguridad, que incluyan tapabocas y gel antibacterial, entre otros, así como implementos de aseo personal para mejorar sus condiciones de habitabilidad y prevenir el contagio del coronavirus.

Instalación de medidas transitorias de acceso al agua y sanitarios, ante la carencia de infraestructura suficiente, para el acceso permanente y necesario al agua potable, como por ejemplo la implementación de lavamanos y baños portátiles.

Le ordena igualmente al Instituto Departamental de Salud (IDS) y al Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad (Fiduprevisora y Fiduagraria), que dentro del ámbito de sus competencias acompañen la configuración y realización de las estrategias a adoptar según las órdenes dictadas.

En quinto lugar le ordena a la Defensoría Regional del Pueblo de Norte de Santander que realice seguimiento a las instrucciones impartidas anteriormente y verifique la adopción de las medidas inmediatas, dentro del ámbito de su competencia.

En el fallo la magistrada ponente Nidiam Quintero, y los magistrados José Serrano y Elver Naranjo, decidieron no tutelar los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia de los agenciados y en consecuencia, desvincular a los accionados Fiscalía General de la Nación, Dirección Seccional de Fiscalías de Norte de Santander, Sala Administrativa del Consejo Seccional de la Judicatura de Norte de Santander y Dirección Seccional de Administración de Justicia de Cúcuta.

“Acataremos lo ordenado”

Francisco Cuadros, secretario de Gobierno, dijo que la Alcaldía de Cúcuta en cabeza del ingeniero Jairo Yáñez acata todas las decisiones judiciales, además por considerar que el fallo proferido está en correspondencia al estado de derecho colombiano.

Agregó que con relación al tema considerado la Alcaldía venía desarrollando unas acciones inmediatas y otras proyectadas a mediano y largo plazo. En el primer caso se logró firmar un convenio con el Inpec el cual permitirá la cofinanciación por algo más de 500 millones de pesos, orientado al servicio de  bienestar para los privados de la libertad. 

En segundo lugar, se ha conformado un equipo de trabajo sicosocial de abogados, sicólogos, trabajadores sociales para un trabajo mancomunado con el Inpec en dos direcciones: una para el trámite de boletas de libertad y el apoyo jurídico a las oficinas del Inpec, y para los programas de rehabilitación social y reintegración a la sociedad a los post-penados. 

Así mismo, se está llevando a cabo un estudio que permita identificar la posibilidad de hacer una contratación dirigida a bienestar a los privados de la libertad en lo que tiene que ver con salud, acompañar y fortalecer las capacidades de salud y las carpas en el marco de la pandemia de la COVID-19 a fin de darles una mejor atención. 

El alcalde orientó igualmente trabajar en dos direcciones, la primera de ellas encaminada a un ejercicio en el mediano tiempo que permita ampliar la cobertura de centros de traslado por protección para descongestionar las estaciones de Policía, y la segunda trabajar de manera mancomunada con la Gobernación de Norte de Santander y el Área  Metropolitana, y el Gobierno Nacional en función de construir un nuevo centro penitenciario que aumente una capacidad de 2.000 nuevos cupos que es lo que podría estar hoy en día en hacinamiento sumando  lo que hay en el Centro Penitenciario y en las salas de recepción de los CAI.

“Teniendo en cuenta el fallo de tutela, presentaremos el plan de acción que es lo que nos ordena y fortaleceremos de acuerdo a las órdenes que nos da la justicia al respecto, puntualizó  el secretario de Gobierno.

El coronel José Luis Palomino, comandante de la Policía Metropolitana de Cúcuta, dijo que la institución en cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela llevó a cabo jornadas de prevención de salud en las salas transitorias de privación de la libertad, así como la entrega del kit para la prevención del coronavirus a cada detenido, lo mismo que la verificación del estado de salud de estas personas y la coordinación de las citas médicas. 

En cuanto al suministro de tapabocas y demás implementos para evitar el contagio, el oficial dijo que es una situación que se venía cumpliendo desde hace varios meses suministrando esos elementos de bioseguridad antes del fallo judicial, lo que se seguirá haciendo mientras dure la pandemia.

Así mismo, las jornadas de prevención, en coordinación con la secretaría de Salud del municipio, las que se siguen haciendo periódicamente, al igual que las coordinaciones de las citas médicas, para lo cual se están emitiendo las órdenes a las estaciones de Policía con el propósito que cuando un detenido lo requiera se den todas las condiciones del caso. 

El oficial precisó que a cada detenido en los CAI y estaciones de Policía, lo mismo que a los funcionarios policiales, les fueron  entregados, el pasado sábado, 20 tapabocas, gracias al apoyo del Área Metropolitana.

Así  mismo, en cada una de las estaciones y CAI hay de manera permanente una caneca de hipoclorito, amonio cuaternario y alcohol, tanto para la desinfección de los establecimientos como de uniformados y detenidos. 

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