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Editorial
¡Andenes para los carros!
Cuando uno cierra esos documentos y sale a la calle, encuentra que hay lugares donde el carro o la moto son los ‘amos y señores’ y el peatón un cero a la izquierda.
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Lunes, 17 de Enero de 2022

Ahora que se escucha desde la Alcaldía de Cúcuta que habrá decisiones para tratar de poner orden en la movilidad y de meter en cintura a los parqueaderos, es bueno que los  tecnócratas no se  olviden de los transeúntes, que deben recordar que somos todos, incluyéndolos a ellos.

Y es que a los funcionarios se les olvida que en este caso en específico podrían estar incursos en problemas disciplinarios al no hacer que se cumplan las leyes y los decretos, como lo exige la Ley 734 de 2002.

El caso se relaciona con los andenes, que en el centro y en los barrios de la ciudad han terminado siendo convertidos en estacionamientos de vehículos a la vista del alcalde, de los secretarios del despacho, de los concejales, de los policías y de la dirigencia política y gremial.

Resulta toda una contradicción que mientras en los planes de desarrollo y en el POT se hacen menciones y planteamientos para que el ciudadano disfrute del espacio público, cuando uno cierra esos documentos y sale a la calle, encuentra que hay lugares donde el carro o la moto son los ‘amos y señores’ y el peatón un cero a la izquierda.

Lo anterior ocurre en nuestra ciudad pese a que el artículo 63 del Código de Tránsito en Colombia habla de lo siguiente: “Los conductores de vehículos deberán respetar los derechos e integridad de los peatones”.

Y, efectivamente, los derechos de los transeúntes que se relacionan con su posibilidad de caminar sin tropiezos ni peligros por los andenes, que son su ruta natural en cualquier parte del mundo para desplazarse, aquí son pasados por la faja, porque los conductores de motocicletas y automóviles no tienen el menor rubor de arrebatarles ese espacio.

Pero veamos algunos de los lugares que señala el Código de Tránsito en donde está prohibido estacionar: “Sobre andenes, zonas verdes o sobre espacio público destinado para peatones, recreación o conservación”.

Lo que no se entiende es por qué las autoridades no proceden a recuperar el espacio público ilegalmente ocupado por los automovilistas y motorizados, incluso procediendo a la inmovilización de los vehículos que cometen la citada infracción, como aparece claramente estipulado en la normatividad vigente, en este caso, la Ley 1383 de 2010.

Con esta absurda realidad por eso es que nos ganamos aquellos títulos que tanto nos disgustan, pero con los cuales parecemos amañarnos, como aquél dicho: si quiere hacer lo que le dé la gana, váyase para Cúcuta, dentro del cual encaja perfectamente la situación a la que nos referimos.

Aquí simplemente lo que tienen que hacer Tránsito Municipal y la Secretaría de Gobierno es hacer cumplir la ley, y punto. No más.

Aquí ninguno de los conductores que acostumbra a arrebatarse él mismo el derecho a tener un sendero libre para caminar puede alegar absolutamente nada y mucho menos los propietarios o administradores de establecimientos en que ocurren dichas cucuteñadas.

Los habitantes de Cúcuta, llámese mujeres, hombres, niños o adultos, no pueden ser obligados a lanzarse a la calzada por donde cruza raudo el tráfico vehicular como consecuencia de que otros, por el simple hecho de que aquí la ley pareciera que es para los de ruana, pueden pasarse por la faja el ordenamiento legal.

Una pregunta para quienes no hacen cumplir el artículo 15 del Código de Tránsito: ¿si alguien es atropellado -porque debió aventurarse a caminar por donde circulan los carros- la familia puede demandar al municipio por esa negligencia?

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