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Editorial
¿La ley para qué?
Las autoridades dispusieron un nuevo equipo de búsqueda y combate al siniestro fenómeno del contrabando de carne.
Miércoles, 1 de Marzo de 2017

Y la principal herramienta será la norma de extinción de dominio, aplicable a cualquier miembro de la cadena del contrabando, desde el financiador hasta el expendedor minorista, pasando por los contrabandistas que cruzan la carne por los puentes internacionales o por las trochas.


En un país de leyes, como dicen que es Colombia, lo que debe haber, hasta de sobra, son normas legales. Nadie sabe con exactitud cuántas hay, pero son miles y miles —quizás la mayoría vigentes—, y sobre todos los tópicos imaginables.

Si según expertos sobran unas 15 mil de esas leyes, ya se puede tener idea de la cantidad de normas que puede haber, y del increíble afán de someterlo todo a reglamentos, estatutos, normas, en fin, de hacerle una ley a cada situación.

Sin embargo, antes que de leyes, es este un país de elusión de ellas; eludirlas y evadirlas parece ser una especie de deporte en el que la frondosa burocracia es experta, aunque algunas de esas normas puedan solucionar problemas graves.

Algo así se registra en Norte de Santander. Siempre estuvo ahí, al alcance de la mano, una ley de las que sí causan efecto entre los delincuentes, pues les toca donde más les duele: el bolsillo donde guardan el dinero de sus actos ilegales.

Porque la norma legal que permite que se extinga el dominio sobre los bienes de los delincuentes siempre ha estado vigente, pero nadie se había atrevido a usarla, sin razón aparente alguna, pese al auge de la criminalidad en el departamento.

Ley de extinción de dominio en mano, parece que ahora sí a las autoridades se les hacen más fáciles las cosas para enfrentarse al incontenible contrabando de carne que está aniquilando un importante sector de la economía de esta región.

Según esa norma recién descubierta en nuestro medio, pero aplicada desde hace buen tiempo en otras regiones, el dominio sobre los bienes se puede perder si son producto de actividad ilícita, o utilizados como medio para esa actividad, o si han sido transformados o renovados con dineros de actividades ilícitas, o utilizados para esconder bienes, productos o ganancias de actividades ilícitas.

Así, las autoridades dispusieron un nuevo equipo de búsqueda y combate al siniestro fenómeno del contrabando de carne, que puede desatar una epidemia de gravedad, por la manera rústica y antihigiénica en que transportan el producto.

Y la principal herramienta será la norma de extinción de dominio, aplicable a cualquier miembro de la cadena del contrabando, desde el financiador hasta el expendedor minorista, pasando por los contrabandistas que cruzan la carne por los puentes internacionales o por las trochas.

Desde luego, no es la panacea, es decir, no se trata del mecanismo que por fin permitirá arreglar este y otros problemas, pero contribuirá, no hay duda, por cuanto algo que de verdad golpea a los delincuentes es que les vacíen el bolsillo y la chequera.

Si se hubiera recurrido a esta norma desde hace meses, el contrabando de carne estaría reducido a su mínima expresión, si no liquidado, y todos los recursos del Estado destinados a, por ejemplo, establecer quienes llegan desde Venezuela y a hacer qué.

Este se aprecia de tener muchas; otros países no tienen tantas, pero las que tienen las aplican, porque para algo las hicieron. Esos saben lo que acá se ignora.

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