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Editorial
Santurbán
Lo que determinó el Consejo de Estado es muy importante porque se trata de la definición de una vez por todas sobre lo que más le conviene al país en ese campo.
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Jueves, 9 de Junio de 2022

La megaminería que en el caso del páramo de Santurbán correspondería a la extracción de nueve millones de onzas de oro, se situó de nuevo en la primera línea del debate, en un asunto que es de interés público para los habitantes de Norte de Santander y de Santander.

Recordando que dicha fábrica natural de agua surte los acueductos que le prestan el servicio a dos millones y medio de personas, pues ahora su futuro se discutirá desde el punto de vista jurídico.

Acaba de salir una sentencia del  Consejo de Estado al Tribunal Administrativo de Santander, que dentro de los 10 días siguientes, proceda a estudiar la acción popular interpuesta por el Comité para la Defensa del Páramo de Santurbán en el que se pide cerrar la posibilidad a proyectos de megaminería en la zona del páramo que comparten ambos departamentos.

El citado organismo había archivado la acción mediante la utilización de la figura que se llama el agotamiento de la jurisdicción, es  decir, que habían otros procesos de igual similitud frente a este asunto, como lo recordó el comité de defensa del páramo.

“Lo que le demostramos ante el Consejo de Estado que nuestra demanda de Acción Popular por Santurbán trae un debate estructural que va a permitir proteger todas las fuentes hídricas que abastecen al área metropolitana de Bucaramanga y (también en numerosos municipios de Norte de Santander) y excluir todas esas áreas de bosque alto Andino de Santurbán de las actividades megamineras”, fue lo expuesto ante el  Consejo de Estado.

Al haberles dado la razón a los demandantes que se oponen a proyectos de esa envergadura que acarrearán irreparables daños al ecosistema, entonces ahora le corresponde al Tribunal Administrativo de Santander, para que proceda a emitir la sentencia sobre la solicitud de cerrarle la puerta a esas pretensiones de sacarle de las entrañas el oro.

La curiosidad en el desenlace de  este asunto, es que para obligar al tribunal santandereano a discutir sobre el páramo que queda en el territorio de su jurisdicción, hubo necesidad de emplear el mecanismo de la tutela.

Por lo tanto, las posibilidades abiertas por este recurso de amparo es que la megaminería en lugares tan importantes para la vida y la  protección  del medioambiente, sea debatida, discutida y analizada a la luz de los pro y contra que proyectos de esa naturaleza pueda ocasionar.

En ese trámite podrán escucharse  las advertencias de quienes han advertido que todo terminará en un panorama desértico, pues así no se usen explosivos o cianuro sódico,  y en cambio se utilice un método sin mercurio, la destrucción del páramo con su biodiversidad y su riqueza hídrica, sería una dramática realidad.

Lo que determinó el Consejo de Estado es muy importante porque se trata de la definición de una vez por todas sobre lo que más le conviene al país en ese campo, y a partir de ahí quedar definida la forma de actuar frente a estos planes de explotación propuestas por las grandes compañías mineras.

Es razonable que una vez se produzcan los fallos con sus respectivas apelaciones, y de  establecerse las determinaciones gubernamentales para hacer de su política pública la defensa de los páramos y el agua, la megaminería quede realmente delimitada o concentrada en ciertos puntos donde su impacto no dañe las fuentes hídricas.

Pero, además, también se podrá definir de una vez por todas, por ejemplo, que en los páramos sus reservorios de agua son una riqueza que realmente vale más que el oro. 

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