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Ocaña
Arresto a director de Víctimas por incumplirle a afectado de la guerra en El Tarra
Además de tener que cumplir la sanción y pagar una multa, le piden al ente proceder con lo ordenado en la tutela.
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Lunes, 1 de Febrero de 2021

El Juzgado Promiscuo Municipal de El Tarra procedió a imponer una sanción de seis días de arresto al representante legal de la Unidad Nacional para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas, Ramón Alberto Rodríguez, por incumplir una fallo de tutela emitido  el 30 de octubre de 2014, en el que se ampararon los derechos del ciudadano Miguel Ángel Angarita Meneses.

Además del arresto, el funcionario deberá pagar una multa equivalente  a seis salarios mínimos mensuales legales vigentes, de su propio peculio, es decir, 5.450.000 millones de pesos.

Los hechos

En 2012, Angarita fue notificado por la Unidad de Víctimas de una resolución que lo acreditaba a él y a su familia como beneficiarios de una indemnización por el asesinato de su hermano Neftalí Meneses, muerto por pistoleros desconocidos en el año 1988.

La Resolución 862 del 14 de septiembre de 2012,  lo hacía merecedor de un reconocimiento, no solo simbólico, sino monetario, dinero que debía reclamar en un tiempo perentorio, en el Banco Agrario de Ocaña. 

Llegado ese día de 2012, Angarita acudió junto a sus hermanos a retirar el dinero, pero con tal mala suerte que un error de la misma entidad, la cual no se percató de que la identificación aparecía borrosa en el documento resolutorio, le impidió recibir su parte.

 “A todos mis hermanos les giraron el dinero, pero por la ilegibilidad del documento, un error que cometió la Unidad para las Víctimas, a mí se me negó. En esa entidad no me quieren sacar una copia de la resolución, ni con el fallo de un juez que les ordenó hace 7 años, volver a expedir la resolución”, afirmó Meneses, quien no sabe leer ni escribir.

El ciudadano se sintió revictimizado por la misma entidad que le debe hacer valer sus derechos, razón por la cual interpuso en el citado juzgado un incidente de desacato contra el representante legal de la Unidad Nacional de Víctimas, el mismo que falló a favor suyo.

En el caso objeto de estudio se evidencia la ausencia de un pronunciamiento de fondo por parte del representante legal Ramón Alberto Rodríguez Andrade, “por cuanto pese a recibir la apertura del incidente y oficio reiterando la solicitud de Angarita, no ha mostrado el interés por cumplir con el fallo en comento. Asimismo, también ha existido falta de diligencia para expedir, inmediatamente, la resolución de indemnización a su favor”, señala un aparte de la providencia.

Agrega el despacho judicial que mediante sentencia de fecha 30 de octubre de 2014 resolvió tutelar los derechos fundamentales incoados por Angarita, sin embargo, Rodríguez o quien lo represente en la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas aún no ha dado cumplimiento a lo ordenado en la citada providencia. 

El Juzgado Promiscuo Municipal de El Tarra llegó a la conclusión “de que la entidad accionada obró con negligencia, al exceder injustificadamente los términos para dar cumplimiento a la orden judicial, razón por la cual se procede a aplicar la sanción”.

La Unidad de Víctimas del departamento respondió en su momento que había dado trámite a lo requerido por Angarita, alegando que estaba a la espera de que el mencionado allegara todos los requisitos para proceder con el támite de la reparación.

En el estudio de lo interpuesto por Angarita, el Juzgado Promiscuo Municipal de El Tarra concluyó lo contrario: “que no se le había dado cumplimiento”.
 

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