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Política
Hasta el 11 de abril se podrá pedir el descanso por votar
Solo los que participaron en las pasadas elecciones al Congreso y conservan el certificado electoral.
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Domingo, 1 de Abril de 2018

Los colombianos que participaron en las pasadas elecciones al Congreso y conservan el certificado electoral, tendrán plazo hasta el próximo 11 de abril para solicitarles a sus empleadores medio día de descanso remunerado.

Este es uno de los tantos beneficios que ofrece la ley por ejercer el derecho al voto en Colombia y que debe ser reconocido por las empresas, independientemente de si son públicas o privadas.

De acuerdo con el artículo 3 de la Ley 403 de 1997, los ciudadanos que acrediten haber ejercido su derecho al voto en forma legítima, “tendrán derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector. Tal descanso compensatorio se disfrutará en el mes siguiente al día de la votación, de común acuerdo con el empleador”.

De acuerdo con esta norma, el empleador no podrá negarse a reconocer el tiempo compensatorio. Solo se deberá acordar la fecha en la que el elector lo tomará y que este la solicite formalmente.

El certificado electoral que los colombianos recibieron en los comicios de Congreso perderá vigencia una vez se entregue el de la elección presidencial.

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