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Política
La gobernabilidad de la entidad se encuentra fracturada: Supersubsidio al intervenir Comfanorte
El personal de primera línea  de la Caja de Compensación de Norte de Santander fue removido.
Lunes, 8 de Febrero de 2021

Este lunes fue intervenida por parte de la Superintendencia de Subsidio Familiar la Caja de Compensación de Norte de Santander (Comfanorte), la cual removió de sus cargos el personal de primera línea del ente.

La Supersubsidio designó como agente especial a Raúl Nuñez, como parte de la medida cautelar que ahora pesa sobre la institución. El proceso se mantendrá durante seis meses.

La medida contempla la separación del cargo  de la directora administrativa, Claudia Cecilia Uribe Rangel, y de los miembros del Consejo Directivo de la Caja de Compensación Familiar 

Según la Resolución N° 0052 del 8 de febrero de 2021 de Supersubsidio, ese despacho ha hecho una valoración de todas las circunstancias, “identificando situaciones de especial gravedad que dejan entrever un ostensible y sustancial deterioro de las relaciones armónicas y de colaboración que debe existir entre los órganos de dirección de la Caja de Compensación Familiar de Norte de Santander, de manera tal que la gobernabilidad de la entidad se encuentra fracturada con ocasión de los reiterados y constantes conflictos entre quienes hacen parte de los órganos de dirección y control de la misma”.

De acuerdo con el documento, esta situación que ha conllevado al desconocimiento de las funciones que legal y estatutariamente les son atribuibles, como se advierte de las quejas e informes que sirvieron de insumo para realizar el análisis de la situación actual de la corporación.

Las circunstancias de mayor gravedad que se presentan en Comfanorte y que ponen en riesgo la prestación de los servicios, programas sociales, proyectos e inversiones que deben beneficiar a los trabajadores afiliados son:

-Falta de requisitos formales y legales en la elaboración y solemnización de las actas del Consejo Directivo de COMFANORTE, como lo son entre otros, su suscripción y el registro en el libro de actas de la Corporación bajo la numeración y sellos autorizados por esta Superintendencia.

-Con lo anterior se afectó la adecuada toma de decisiones tendientes a la aprobación y autorización del presupuesto anual para la presente vigencia, así como al desarrollo y ejecución de los programas y proyectos sociales, situación que impacta a los afiliados de la Corporación en la entrega de los beneficios del subsidio familiar.

-Es preciso indicar que de conformidad con lo señalado en el numeral 2° del parágrafo del artículo 50 de la Ley 21 de 1982, los consejos directivos requieren de una mayoría de las dos terceras partes de sus miembros para tomar la determinación concerniente a la aprobación del presupuesto anual de ingresos y egresos, en concordancia con lo previsto en el artículo 21 de los Estatutos de Comfanorte. Norma que debe ser de conocimiento pleno de los miembros del Consejo Directivo, sin que exista justificación o excusa con la entidad suficiente para soportar su inobservancia. Esto se confirma al revisar las Actas 1057 y 1058 del Consejo Directivo e impactó directamente en el presupuesto para los programas sociales y obras así como para los kits escolares y el presupuesto del Colegio Comfanorte.

-Se presenta inobservancia de la normativa del subsidio familiar y de los estatutos de la corporación por parte de los órganos de dirección de la entidad, lo que necesariamente ha conllevado al constante y permanente incumplimiento de sus funciones legales y estatutarias en las dos últimas vigencias. La magnitud de esta inobservancia es tal, que se incumplieron órdenes directas de la Superintendencia de Subsidio Familiar, como la impartida en la Resolución 306 de 2020.

-Se incumplen las obligaciones de reporte al sistema SIREVAC SIGER remitiendo documentos que no son los requeridos respecto de las decisiones trascendentales tomadas en Consejo Directivo.

-En los dos últimos años se ha presentado una significativa cantidad de quejas, denuncias y acusaciones relacionadas con el incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias del Consejo Directivo y la Dirección Administrativa de Comfanorte. En total se contabilizan 47 quejas y denuncias.

-Así mismo, se evidenció que se realizaron convocatorias para reuniones del Consejo Directivo sin las formalidades y requisitos establecidos en la Ley y en los estatutos, y que se desatendieron las que fueron realizadas por parte de algunos consejeros directivos y/o por la directora administrativa.

-Se señaló también la inasistencia por parte de algunos miembros a las reuniones del Consejo Directivo previamente citadas, al parecer sin justificación, lo que se tradujo en alta de quórum para deliberar y decidir.

-De igual forma, estas confrontaciones generaron que no se evaluaron en el Consejo Directivo los informes de gestión trimestral de resultados presentados por la Directora Administrativa.

-Todo lo anterior se tradujo en la falta de aprobación y financiación a programas y obras sociales tales como: a) subsidios vía tarifa para el programa de educación y b) subsidios vía tarifa para el programa de Adultos Mayores.

La Superintendencia reitera en el texto que “Comfanorte se encuentra en una situación de ingobernabilidad insostenible que representa un riesgo para los trabajadores afiliados de la corporación”.
 

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