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Libre, así enfrentará su proceso el exsenador Álvaro Uribe Vélez
La juez 30 de garantías de Bogotá concedió la libertad al exsenador Álvaro Uribe Vélez, quien es investigado por la presunta manipulación de testigos.
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Colprensa
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Sábado, 10 de Octubre de 2020

El 4 de agosto de 2020 la Corte Suprema de Justicia ordenó la detención domiciliaria preventiva contra el expresidente y entonces senador de la República, Álvaro Uribe Vélez, dentro de proceso que se adelanta en su contra por la presunta manipulación de testigos.

Dos meses después, este sábado 10 de octubre, la medida de aseguramiento domiciliaria que cumplió durante estos más de 60 días en la finca ‘El Uberrimo’, el dos veces presidente de Colombia y senador más votado del país recobró su libertad, tras la decisión del Juzgado 30 de garantías de Bogotá.

“Sin imputación no puede existir medida”, esa fue la principal razón que esgrimió la juez 30 de control de garantías de Bogotá, Clara Salcedo Duarte, al presentar los argumentos para ordenar la libertad inmediata del exsenador, al tiempo que recalcó que solo el juez puede decidir si priva de la libertad.

Esto en el entendido que el proceso del expresidente Uribe Vélez pasó desde el primero de septiembre a conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, luego de que se viniera surtiendo en la Corte Suprema de Justicia, tras la renuncia a su curul de senador.

Este cambio de investigador llevará a que el proceso que adelantaba la Corte bajo el viejo sistema, pase ahora, en poder de la Fiscalía, al nuevo sistema penal acusatorio, por lo que la imputación de cargos es la que definirá si se priva o no de la libertad al procesado, a petición de la propia Fiscalía.

La exposición de la juez, que duró cerca de una hora, también se basó en el rol que juega en el proceso la Fiscalía General de la Nación, quien deberá avanzar en las pesquisas que le permitan presentar, ante un juez de control de garantías, un escrito de acusación contra el exsenador Álvaro Uribe.

“Desde esta perspectiva no podría justificare y no podría entenderse que se pretenda exigir de la Fiscalía General de la Nación la presentación de un escrito de acusación sin el previo agotamiento de la audiencia de formulación de imputación”, resaltó la juez en su exposición.

La juez recalcó que no es posible “ni constitucionalmente admisible” que se busque equiparar los actos de indagatoria al de formulación de imputación que debe de tener lugar en la Ley 906 de 2004, que se instituye como el acto para permitir la construcción de los demás actos jurisdiccionales.

Las víctimas en el proceso señalaron que apelarán la decisión proferida este sábado porla juez de la República, para que en segunda instancia se revoque la decisión y se ordene nuevamente la prisión domiciliaria para el exsenador Álvaro Uribe Vélez.

El abogado Reinaldo Villalba, apoderado del senador Iván Cepeda, señaló que la decisión de apelación se enmarca, principalmente, en razones de seguridad jurídica dentro del proceso que se adelanta por la presunta de manipulación de testigos en la que habría incurrido Uribe Vélez contra su cliente.

“Le solicito a la segunda instancia tenga presente el principio de instrumentalidad de las formas, este principio sí debe ser tenido en cuenta en la apelación y análisis que haga la juez y la decisión que tome… Debe primar lo sustantivo sobre le penal”, señaló el apoderado de Cepeda.

Los exfiscales Eduardo Montealegre y Jorge Fernando Perdomo también solicitaron la apelación de la decisión de la juez 30 de control de garantías de Bogotá.

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