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Política
Martín Herrera no puede ser personero encargado
Así lo precisó la procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.
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Sábado, 7 de Marzo de 2020

Otro capítulo acaba de escribirse en la interminable novela sobre el proceso para elegir al personero de Cúcuta, al descubrirse que Martín Herrera, el anterior titular de esa dependencia del Ministerio Público, no podía ser designado como encargado.

“No existe norma que faculte al Concejo para designar de manera transitoria al personero saliente en el cargo ni para prorrogar su periodo, mientras lleva a cabo su elección”, precisó la procuradora delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, Liliana Caballero Durán.

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En una comunicación a la mesa directiva del cabildo, detalló que si para el primero de marzo, como efectivamente ocurrió aquí, no se había elegido personero, entonces tenía que encargarse a un funcionario de la Personería que cumpla los requisitos o, en caso contrario, nombrar transitoriamente a otra persona que se ciña a las calidades para ejercer esa función, como lo señala la Ley 136 de 1994.

Mediante una convocatoria para personero “transitorio” la corporación dejó en ese despacho a Herrera, pero ahora la delegada del Ministerio Público notificó que mientras el trámite de elección sigue suspendido por un juzgado, “es deber del Concejo hacer el encargo de quien transitoriamente desempeñará las funciones de personero, atendiendo las normas y conceptos citados”. 

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