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Otto Bula también les sacó provecho a tierras despojadas
Adquirió parcelas en los Montes de María después de que sus propietarios salieron de la zona de manera forzada.
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Martes, 28 de Febrero de 2017

Las gestiones indebidas hechas en el país por el excongresista cordobés,  Otto Nicolás Bula, en favor de la multinacional Odebrecht, para que le fueran adjudicados importantes proyectos de infraestructura como la vía Ocaña Gamarra, no son las únicas maniobras oscuras en las que está involucrado el dirigente costeño.

Bula, quien es investigado por el escándalo de los sobornos que la compañía brasilera habría pagado en Colombia, también aparece relacionado con la adquisición de bienes que fueron materia de despojo y que uso para sacar provecho económico.

Así lo deja ver una sentencia proferida en febrero de 2016 por la Sala Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Cúcuta, que le restituyó a Uriel Uribe Lambraño Carmona y su familia, una parcela de 17 hectáreas que terminó siendo parte del negocio del excongresista.

Según los detalles que quedaron consignados en el fallo al que tuvo acceso La Opinión, Bula y los demás socios y accionistas de la junta directiva de la Sociedad Agropecuaria Montes de María S.A. se valieron de una verdadera estrategia para quedarse con las tierras de al menos 11 parceleros de El Carmen de Bolívar (Bolívar),  con el fin de sacarles provecho en proyectos macro-industriales.

Aprovechando la situación de violencia que azotó este municipio por cuenta del accionar paramilitar y que obligó el desplazamiento de muchas familias de la zona que temían por sus vidas, el exdirigente político y otros empresarios aparecieron en la región, por intermedio de testaferros, con el ánimo de quedarse con grandes porciones de tierra.

Lambraño había adquirido el predio denominado Parcela No. 4 en 1996, gracias a un subsidio otorgado por el Incora, pero cuatro años después, el temor que les generó la masacre de El Salado, llevó a que el hombre decidiera abandonarlo en compañía de su familia.

En 2004, el Comité Municipal de Atención Integral a la Población Desplazada de El Carmen de Bolívar declaró al corregimiento de El Bálsamo y su área rural de influencia, en estado de desplazamiento forzado.

Cuatro años más tarde Otto Bula apareció en la zona y los once parceleros de los predios Villa Florida y Morrocoy decidieron venderle sus bienes al excongresista. Entre ellos figuraba  Uriel Uribe Lambraño Carmona, quien negoció su predio por $23 millones, pero apenas recibió $7.

Según la declaración que el campesino les entregó a los jueces de restitución, finalmente decidió cerrar el negocio porque le advirtieron que si no lo hacía iba a perder la tierra, pues el comprador tomaría posesión de la misma.

No obstante, en febrero de 2010 aparece una nueva escritura en la que Lambraño figura vendiéndole su predio a la señora Luz Helena Pérez de Mora, por $64’400.000

Meses después, esta nueva compradora transfirió el derecho de dominio y la posesión del predio Parcela No. 4 a un fideicomiso constituido por Cementos Argos S.A y administrado por la Fiduciaria Fiducor S.A., por la suma de $47’907.310.

Este hecho fue cuestionado por el Ministerio Público durante el proceso de restitución, toda vez que advirtió que no se entiende cómo aparece en escena la señora Pérez de Mora, luego de que las once parcelas ya habían sido vendidas a Bula.

Al respecto, el Tribunal Superior de Cúcuta logró determinar, con base en las pruebas recopiladas, que Luz Helena Pérez de Mora hacía parte de la junta directiva de la Sociedad Agropecuaria Montes de María S.A. la misma de la cual Otto Bula era accionista.

Además, en la sentencia se señala que previo a celebrarse la compraventa entre Uriel Uribe Lambraño Carmona y Pérez de Mora, la Parcela No. 4 ya había sido materia de negociación por parte de la Sociedad Agropecuaria Montes de María S.A., “representada legalmente por Raúl Andrés Mora Pérez y Reforestadora del Caribe S.A.S, cedente de Argos S.A”, pues el 9 de octubre de 2009 la primera prometió vender a la segunda el predio materia de restitución, sin que se hubiera adquirido su propiedad.

“Aunado a ello, extrañamente el Comité Municipal de Atención a Población Desplazada del Carmen de Bolívar expidió la Resolución 010 del 28 de enero de 2010 (un mes antes de la compraventa entre Lambraño y Pérez) otorgándole autorización a la señora Pérez, para vender el mismo bien al Fideicomiso 732-1359, sin que a la postre hubiera acreditado la propiedad para la fecha en que se expidió ese acto administrativo”, se lee en el expediente.

Despojo jurídico y material

El Tribunal Superior de Cúcuta le dio la razón a la Unidad de Restitución de Tierras y al Ministerio Público, al determinar que la venta que hizo Uriel Uribe Lambraño Carmona de su parcela, se produjo como consecuencia directa del desplazamiento forzado del que fue víctima con ocasión del conflicto armado.

“En consecuencia, la particular forma en que finalmente la señora Luz Helena Pérez de Mora se hizo al dominio del predio Parcela No. 4 constituye despojo jurídico y material, pues aprovechando que la situación de violencia acaecida en el municipio de El Carmen de Bolívar determinó que el señor Lambraño Carmona se desplazara a Sincelejo y abandonara su parcela sin querer retornar por falta de interés,  fue que los señores Otto Nicolás Bula y la señora Pérez de Mora, en ejecución de una estrategia de la Sociedad Agropecuaria Montes de María S.A., para adquirir masivamente inmuebles, se hicieron a esas tierras con el fin de mecanizarlas para proyectos macro-industriales”, concluyó la Sala Especializada.

Y agregó que la adquisición de la propiedad del campesino se hizo en ejecución de una estrategia que estaba dirigida a concentrar una gran cantidad de tierra, para alterar significativamente su uso.

Para los magistrados, desde la etapa precontractual hubo irregularidades en la formación del negocio jurídico pues el vendedor nunca conoció a la compradora, el precio pactado no fue cancelado y tampoco se aportaron documentos necesarios para el trámite.

“Queda establecido para esta Colegiatura que las condiciones de debilidad manifiesta y de inferioridad en las que se encontraba el señor Lambraño Carmona, determinados por el temor generado por el fenómeno de violencia que azotó la región donde se encontraba el predio Parcela No. 4, fue aprovechada por la señora Pérez de Mora para acrecentar su patrimonio y el de la sociedad a la que pertenece, en perjuicio del solicitante”, consideró el Tribunal.

En vista de ello también se determinó compulsar copias a la Fiscalía para que investigara la conducta de varios funcionarios públicos que se habrían prestado para facilitar el negocio, así como la posible participación de personas naturales y jurídicas que intervinieron en las negociaciones, en la conformación y financiación de los grupos paramilitares en la zona de los Montes de María.

Dato

La Fiscalía General de la Nación incautó con fines de extinción de dominio 686 bienes que estarían a nombre del exsenador Otto Nicolás Bula Bula, y su núcleo familiar, y que estarían avaluados en más de $53.000 millones.

Según el ente investigador, los bienes habrían sido obtenidos mediante tres actividades ilícitas como: desplazamiento forzado, su presunta relación con la ‘Oficina de Envigado’, y los nexos con Odebrecht en Colombia.

 

 
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