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Corponor y Terpel, enfrentados por cierre de planta
Hay algunos que afirman que este asunto no es más que una pelea entre particulares.
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Sábado, 8 de Abril de 2017

Una resolución emitida por Corponor el pasado 6 de marzo, en la que ordenó suspender preventivamente las operaciones de la planta de combustibles de Terpel, ubicada en Villa del Rosario, por no tener actualizados los permisos ambientales, encendió una polémica en el departamento por un posible aumento del precio del combustible y el regreso de los pimpineros a las calles ante un eventual escenario de desabastecimiento de gasolina.

La decisión de la corporación abrió también un debate entre quienes aseguran que la entidad está haciendo cumplir la ley y los que aseveran que el presunto incumplimiento de las normas ambientales es un motivo de sanción, pero no de suspensión de actividades. 

También hay algunos que afirman que este asunto no es más que una pelea entre particulares, teniendo en cuenta que la denuncia que motivó la investigación que terminó en manos de Corponor fue instaurada por Mauricio Córdoba Arce, accionista de Fertipetróleos, otra planta de almacenamiento. Desde el 2010, Coomulpinort y Fertipetróleos firmaron un contrato para almacenar el combustible en la planta de este último, y quien en 2015 terminó unilateralmente dicho contrato, lo que propició que Coomulpinort contratara el almacenamiento con Terpel, previa autorización del Ministerio de Minas, a partir del 1 de enero de 2016.

La Opinión consultó a Gregorio Angarita, director de Corponor, y a José Carlos Barreto, vicepresidente de operaciones de Terpel, quienes respondieron algunas inquietudes sobre el proceso en mención.

¿Qué llevó a Corponor a imponer una sanción y una medida de suspensión preventiva de actividades a la planta de Terpel?

Gregorio Angarita (GA). El Ministerio de Ambiente remite una queja de un ciudadano que solicita abrir una investigación contra Terpel por incumplimiento de la normatividad ambiental. Hacemos la visita y encontramos unos presuntos incumplimientos que tienen que ver con una ampliación de la capacidad de almacenamiento de la planta, sin el respectivo permiso ambiental. La medida preventiva se dicta, pues Corponor tiene que prever que no se genere ninguna situación de riesgo para los trabajadores de esta empresa, para los que comercializan el combustible, ni para los vecinos o el entorno de la empresa. Siempre nos hemos preguntado qué hubiera pasado si antes de tomar esta medida se hubiera generado una explosión o alguna actividad compleja y nos hubieran dicho: ustedes tenían conocimiento de esa situación y no dijeron nada. 

José Carlos Barreto (JCB). El permiso que entrega Corponor para efectos de vertimientos y plan de contingencias se otorga en el 2015, con vigencia de 5 años. Desde el primero de enero de 2016 acogimos en nuestras instalaciones al segundo mayorista de Norte de Santander, Coomulpinort, por solicitud del Ministerio de Minas. A través de una resolución, el ministerio les otorga el permiso de operar en nuestra planta y le concede un plazo de 12 meses para operar de esa manera hasta que se construyera el almacenamiento adicional. Este almacenamiento adicional, que consistió en la construcción de dos tanques nuevos, fue aprobado por el Ministerio de Minas. El 21 de agosto iniciamos su ampliación, que terminó en diciembre. Sin embargo, esta ampliación no modifica en nada la licencia de vertimientos aprobada por Corponor, razón por la cual nos sancionan y nos imponen orden de cierre. 

¿La ampliación de la planta a través de la construcción de tanques nuevos, requería la solicitud de un nuevo permiso de vertimientos y contingencias?

GA: De acuerdo a la ley, los usuarios que amplíen su producción, serán considerados como usuarios nuevos con respecto al control de los vertimientos que correspondan al grado de ampliación. Cuando quiera que se presenten modificaciones o cambios en las condiciones bajo las cuales se otorgó el permiso, el usuario deberá dar aviso de inmediato y por escrito a la autoridad ambiental competente y solicitar la modificación del permiso, indicando en qué consiste la modificación o cambio y anexando la información pertinente. En el caso de Terpel, lo que se hizo fue primero ampliar los tanques y luego ellos nos envían una comunicación  en la que nos informan la ampliación y nos notifican que el plan de vertimientos no tiene cambios. Sin embargo, no solicitan ningún permiso en dicha carta. 

JCB: Lo que sucede aquí es que se está confundiendo la capacidad de almacenamiento de la planta, con la capacidad de despacho. Una planta puede tener una capacidad de 500 mil galones y rotar el producto tres o cuatro veces, en cuyo caso despacharía 2 millones de galones. Construir los tanques no significa operarlos a esa capacidad. El Ministerio de Minas nos aprobó la construcción de dos tanques nuevos. Por eso, antes de la utilización de dichos tanques, enviamos a la corporación el 5 de diciembre una comunicación con dos argumentos: uno, solicitándole la aprobación del plan de contingencias para la capacidad ampliada, y el otro, diciéndole que la ampliación de tanques no modificaba el permiso de vertimientos, por cuanto no aumentaba el volumen de aguas a verter.

Hoy Terpel tiene permiso para almacenar 485 mil galones diarios. Al momento de la visita de Corponor, ¿qué cantidad de combustible tenía almacenado?

GA: En la visita se evidenció que en la actualidad la planta está almacenando una capacidad de 1.660.000 galones de combustibles, lo que equivale a un incremento de 1.180.00 galones, más de dos veces la capacidad autorizada.
 
JCB: No estamos operando en la capacidad total de la planta, solo estamos almacenando lo autorizado (485 mil galones). Es cierto que tenemos 1.600.000 galones de capacidad de almacenamiento, pero en ningún momento llegamos a almacenar esa cantidad de combustible. En el acto de visita que nos dejó Corponor, no mencionan absolutamente nada sobre la capacidad ni los volúmenes almacenados. El hecho de que hayan indagado sobre la capacidad de almacenamiento no quedó registrado en ninguna parte. 

Se dice que la resolución de Corponor tendría impactos importantes en el desabastecimiento de combustible en el departamento, en el aumento de precios y en el aumento del contrabando y el regreso del ‘pimpineo’. ¿Qué hay de cierto en esto?

GA: El cupo que hoy está asignado lo está al departamento, no a un particular. Existen otras plantas de almacenamiento y el Ministerio de Minas puede verificar la pertinencia y la oportunidad de hacer una distribución directa a las estaciones de servicio.  A Corponor no le corresponde garantizar el abastecimiento de combustible, ni el precio del mismo, ni tampoco la lucha contra el contrabando. Nuestra única responsabilidad obedece a la competencia ambiental y en ese sentido estamos siendo rigurosos con la aplicación de la medida, por todas las connotaciones y advertencias derivadas de una queja formal. Garantizar que a Norte de Santander se le respete el cupo asignado, el precio fijado y que se continúe con la lucha anticontrabando es una tarea que corresponde a otras entidades del Estado.

JCB: La planta de Villa del Rosario fue concebida para llevar combustibles de zonas de frontera. La única manera de garantizar que el combustible que va desde Bucaramanga a alimentar la zona de frontera es con una planta de abastecimiento. El cierre de la planta generaría una contingencia en la que habría que traer el combustible desde Bucaramanga, corriendo el riesgo de que se incremente el contrabando técnico y el contrabando real. Además, la mayoría de estaciones de servicio (minoristas) tienen contratos con Terpel como distribuidor mayorista, si la planta se cierra, tendrían que hacer un nuevo contrato con otro mayorista para poder surtir el combustible a los particulares, lo que requiere de unos permisos regulatorios, que los otorga el Ministerio de Minas. Para que un minorista pueda vender, debe tener un contrato con su mayorista, esos contratos tendrían que hacerse y eso no lo vemos tan inmediato. Los dueños de las estaciones que están afiliados a Terpel y los minoristas de Coomulpinort tienen un contrato con nosotros y para cambiar de mayoristas se requerirían los permisos regulatorios para abastecerse de otra planta. Terpel tiene contratos con 130 estaciones. 

Antes de obtener permiso de vertimientos en 2015, ¿cómo operaba la planta de Terpel en Villa del Rosario, teniendo en cuenta que inició operaciones en el departamento desde 2005?

GA: Solo hasta el 2013 Terpel inicia una solicitud para permiso de vertimientos en Corponor, permiso que se otorgó en 2015. Antes de esto no contaban con ningún permiso y prueba de ello es la sanción que se les impuso en septiembre de 2010 justamente porque la empresa no cumplía con el permiso de vertimientos necesario para su funcionamiento. 

JCB: Antes de tener el permiso no se hacían vertimientos, sino que las aguas eran llevadas a unos  dispositores finales, quienes nos daban un certificado de ese manejo. Solo vinimos a hacer vertimientos cuando la corporación nos autorizó en 2015. La zona donde está la planta carece de alcantarillado público. Al no tenerlo, es necesario obtener un permiso para hacer vertimientos. Como antes de 2015 no teníamos ese permiso, optamos por no verter. Efectivamente, hubo una sanción por parte de Corponor con la que no estuvimos de acuerdo, respecto al vertimiento de aguas lluvias. Ejercimos nuestro derecho a la defensa y recurrimos la decisión. Sin embargo, la medida fue confirmada por la Corporación. Respetuosos de la autoridad y sus decisiones, cumplimos con la sanción establecida. 

¿Es cierto que con la dinámica actual de la planta se estaba generando un riesgo para la comunidad vecina?

GA: En el caso concreto de Terpel tenemos una vía internacional, un colegio al frente, urbanizaciones en construcción y ya habitadas. Y no tenemos la certeza total de si la alcaldía de Villa del Rosario consideró, en su época, la pertinencia de tener el almacenamiento de combustible en una zona de expansión urbana, y en una zona que desde todo punto de vista tiene una connotación de protección de la población. A mí me corresponde garantizar que toda actividad de manejo de hidrocarburos tenga plan de contingencia y plan de vertimientos y eso es lo que estamos haciendo, evitando que se incurra en esa situación de incumplimiento de las normal ambientales y que se genere riesgo para la comunidad. 

JCB: La medida de suspensión de actividades es exagerada, porque el riesgo inminente que se dice en la resolución y que concluye con una medida cautelar de cierre, no existe. No hay ningún peligro para la comunidad pues no estamos vertiendo un litro más del que está autorizado y no estamos almacenando más de lo autorizado. La medida es desproporcionada. Si la corporación inicia una investigación y demuestra que hay volúmenes mayores o mayores vertimientos, eso es materia de una investigación y no de una sanción inmediata.

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