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Qué viene para la JEP tras el hundimiento de las objeciones
Los casos en la Jurisdicción Especial para la Paz podrán avanzar de una manera más completa.
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Colprensa
Colprensa
Miércoles, 29 de Mayo de 2019

Al contar con la Ley Estatutaria, la Jurisdicción Especial para la Paz puede avanzar de una manera más completa en temas que le son específicos.

Por ejemplo: la estrategia de priorizar casos podría dar resultados más rápido, porque es esta ley la que da claramente los criterios para hacer esas priorizaciones y sobre cómo armar los siete macro casos, según los informes que entregan víctimas, organizaciones sociales y la fuerza pública.

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Con la Ley Estatutaria ya no tendrán que aplicar normas distintas para cada caso, lo que evitará pasos adicionales al momento en que las salas y secciones que componen la JEP tengan que concluir quienes son los máximos responsables.

Al respecto, la presidenta Patricia Linares, dijo a Caracol Radio: “vamos a poder garantizar más celeridad, más seguridad jurídica, y más garantíaspara todas las partes y para la sociedad colombiana”.

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Hasta el momento la justicia especial le ha dado esa priorización a los siete casos a los que les ha dado apertura: 001, Secuestros, Caso 002: hechos victimizantes, en su gran mayoría a comunidades indígenas: desplazamiento forzado, falsos positivos, torturas. Caso 003: Falsos positivos. Caso 004: Zonas afectadas en el Urabá Antioqueño y Chocoano. Desplazamiento forzado, despojo de tierras, secuestros. Caso 005: Afectados de comunidades indígenas, reclutamiento, violaciones, torturas, secuestro. Caso 006: Victimización de la Unión Patriótica y el Caso 007: reclutamiento de menores.

 

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