Favorecer las familias de los estratos populares y catapultar la reactivación económica de Cúcuta es lo que se busca con el nuevo estatuto tributario que presentó la alcaldía para estudio del Concejo.
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Al menos así está plasmado en el proyecto de acuerdo que hoy expone en detalle a los concejales la secretaria de Hacienda, María Virginia Valencia. La meta es apoyar la reactivación económica de los diferentes sectores, pero principalmente de los contribuyentes, recalcó la funcionaria.
El alcalde Jairo Tomás Yáñez señaló que con este nuevo estatuto se velará por respetar y poner en práctica el principio de capacidad contributiva, es decir, “entender que la medida en la que cada uno contribuye depende de su capacidad económica”.
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“Así como en nuestros principios irrenunciables determinamos que los recursos públicos son sagrados, así mismo buscamos que nuestros contribuyentes cumplan con sus deberes tributarios en la medida de sus posibilidades, entendiendo en que toda administración depende de estos recursos para satisfacer las necesidades públicas”, agregó el mandatario municipal.
La Opinión tuvo acceso al texto del proyecto de acuerdo y conoció que el nuevo ajuste impulsará también la equidad tributaria y la cultura de pago, además permite beneficios de los sectores más vulnerables, la generación de empleo, la formalización y creación de empresas.
Algunas novedades que trae el Estatuto Tributario contempla que frente al impuesto predial los predios que sean de propiedad de adultos mayores de 75 años de edad, en estrato 1 y 2, queden exonerados del ciento por ciento de esta obligación, siempre que no estén pensionados.
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Así mismo sucederá con los predios destinados a la prestación de servicios gratuitos de ancianatos, albergues para niños, atención en salud, educación, educación especial, atención socio-afectiva y conventos.
De igual manera, la administración entregará beneficios por pronto pago pasando del 15% al 20% a quienes estén al día en su impuesto. Además, se facilitará el pago de impuesto predial por cuotas, con un descuento del 10%, sin causación de intereses y la posibilidad de domiciliar el impuesto en recibo de servicio público.