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Ratifican el fallo que tumbó delimitación de Santurbán
Los intereses alrededor de este páramo tienen que ver con los ecologistas y habitantes de la región que quieren conservar el ecosistema.
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Colprensa
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Miércoles, 29 de Agosto de 2018

Con una votación de 8 a 0, los magistrados de la Corte Constitucional decidieron negar la nulidad solicitada en contra de la acción de tutela con la que se tumbó la delimitación del páramo de Santurbán. 

Los intereses alrededor de este páramo tienen que ver con los ecologistas y habitantes de la región que quieren conservar el ecosistema, frente a multinacionales mineras que tienen grandes expectativas económicas para explotar vetas de oro en la parte baja de las montañas. 

La decisión fue tomada en la noche de este miércoles, durante la sesión de Sala Plena que se realizó en el alto tribunal. 

La mencionada tutela corresponde a un recurso interpuesto por el Comité por la Defensa del Páramo de Santurbán en contra del procedimiento de delimitación del páramo que adelantó el Ministerio de Ambiente, el cual se realizó sin audiencias públicas “al estimar que esas actuaciones no eran procedentes, toda vez que ese trámite tenía una normatividad especial que excluía dichas diligencias.

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A su vez, manifestó que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo era inaplicable en el procedimiento, en la medida en que ese marco jurídico sólo se utiliza de manera subsidiaría cuando es inexistente una regulación específica”, expresó el Ministerio al contestar una tutela interpuesta en el Tribunal Superior de Cundinamarca en diciembre de 2013, al no haber respondido un derecho de petición. 

Sin embargo, el Ministerio de Ambiente llevó a cabo reuniones de concertación con los habitantes del páramo en Bucaramanga, el 12 de diciembre de 2013; en Tona, Santander, una semana después, y el 17 y 27 de enero de 2014 de nuevo en la capital de Santander, encuentros en los que se trataron temas económicos y de sostenibilidad del agua. 

El comité de defensa envió una carta al Ministerio en donde expresaron su oposición a las reuniones “dado que consideraban que ese trámite había sido impuesto por la autoridad para legitimar una participación inexistente de la comunidad. Además, resaltaron que se encontraban preocupados por las declaraciones del Ministerio, puesto que en esas afirmaciones se advertía que la decisión de clasificación del ecosistema “ya había sido tomada” antes de efectuar el diálogo con la comunidad”. 

Ante dicha tutela, el magistrado Alberto Rojas, quien estudio el tema en la Corte Constitucional, decidió en mayo del 2017 dejar sin efecto la Resolución 2090 de 2014, “por medio de la cual se delimita el Páramo Jurisdicciones – Santurbán –Berlín, y se adopta otras determinaciones”, proferida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, como quiera que se expidió sin la participación de los tutelantes y de los demás afectados con esa decisión. Sin embargo, la pérdida de ejecutoria del acto administrativo mencionado entrará a regir en un (1) año contado a partir de la notificación de la presente providencia”. 

El páramo de Santurbán tiene injerencia en 20 municipios de norte de Santander y ocho de Santander, siendo Vetas, Tona, Mutiscua y Silos los municipios con mayor porcentaje de su territorios que hace parte de dicho ecosistema. 

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