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#HágaloAsí | ¿Cómo acordar la manutención de los hijos tras la separación?
Los gastos de alimentación, educación, recreación, salud y otros deben dividirse entre los excónyuges.
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La opinión
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Miércoles, 26 de Octubre de 2016

Hay padres que al separarse de sus parejas también creen que lo hacen de sus hijos menores, con quienes deben mantener el compromiso de manutención, pero no cumplen.

En esos casos hay instancias que ayudan a establecer el régimen de cuotas. Si los excónyuges tienen la madurez emocional suficiente para sobrellevar el rompimiento de la relación pueden definir por mutuo acuerdo cómo se repartirán los gastos para la alimentación, educación, recreación, salud, entre otros aspectos.

Pero, ¿qué hacer cuando fijada un pago mensual el papá o la mamá cambia de trabajo, su sueldo es menor, y no puede seguir aportando la misma suma? Preste atención a la siguiente información:

1. Si quiere que se fije, aumente o disminuya la cuota alimentaria se sugiere intentar un acuerdo entre las partes.  

2. Este acuerdo podrá intentarse directamente entre las partes o iniciando un trámite de conciliación, el cual se puede solicitar ante el comisario de familia, el defensor de familia, Centro de Conciliación, notaría, conciliador en equidad y Defensoría del Pueblo.

3. Ante la ausencia de las anteriores autoridades en su lugar de residencia, podrá acudir a la  Personería Municipal. La solicitud podrá hacerla de forma verbal o escrita.

4. Cuando no se llega a un pacto entre las partes o el padre o la madre que debe pagar la cuota alimentaria no asiste a la audiencia, el defensor y el comisario de familia  pueden fijar la cuota de alimentos y otros aspectos relacionados, como la custodia y las visitas.  

Esta diligencia no tiene algún costo, excepto cuando se acuda a una notaría o un Centro de Conciliación particular, los cuales cobran unas tarifas por la prestación de sus servicios.

Entes a los cuales acudir

-Centro de Conciliación
-Comisaría de Familia
-Conciliador en Equidad
-Defensoría de Familia
-Defensoría del Pueblo
-Notaría
-Personería Municipal

En caso de proceso judicial

Existe también el proceso judicial para establecer la cuota de manutención, el cual sólo podrá llevarse a cabo siempre que se haya intentado antes llegar a una conciliación. Con este trámite se busca que el juez analice la situación y decida al respecto.  

También puede ir ante el defensor o comisario de familia, para que reciba asesoría y así  poder presentar la demanda ante el juzgado de familia o ante el juez civil o promiscuo municipal.

La Personería, Defensoría del Pueblo o los consultorios jurídicos de su municipio igualmente le pueden indicar cómo hacer ese trámite.

Tener en cuenta

-Si el padre o madre no ha cumplido con la cuota fijada, es posible instaurar un proceso ejecutivo de alimentos, en el cual se embargarán los bienes y salarios del deudor y obligándolo a prestar garantías que aseguren en lo sucesivo el pago.

-Cuando, sin causa justificada, se incumple con la obligación de dar alimentos, puede cometerse el delito de inasistencia alimentaria.

-Los alimentos o cuota alimentaria incluye todo lo que el infante o adolescente necesita para su sustento diario como vivienda, vestido, educación, atención médica y recreación.

-La fijación de la cuota alimentaria se hará de acuerdo con los ingresos del padre o madre obligada y puede ir hasta el 50% de los mismos.

-Los padres tienen el deber de dar alimentos hasta que sus hijos cumplan los 25 años, siempre que estén estudiando y no cuenten con recursos para sostenerse.

-Cuando los hijos se encuentran en condición de discapacidad se deberán alimentos mientras subsista esa condición especial.

Fuente: Legalapp.gov.co

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