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Salvatore Mancuso, gestor de paz: ¿Qué significa y qué sigue?
Surgen varios interrogantes con los que es posible inferir qué sigue en el proceso.
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Colprensa
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Martes, 25 de Julio de 2023

El presidente Gustavo Petro anunció que nombrará al excomandante paramilitar Salvatore Mancuso como gestor de paz. Mancuso respondió que estaba dispuesto. Al respecto, surgen varios interrogantes con los que es posible inferir qué sigue en ese complejo proceso.


¿Qué es un gestor de paz?


La primera vez que el término ‘gestor de paz’ apareció en el ordenamiento jurídico colombiano fue en 2009. En un decreto, firmado por el entonces presidente Álvaro Uribe y su ministro de Interior, Fabio Valencia, se lee que los beneficiarios de algunas medidas para lograr acuerdos humanitarios “deberán comprometerse con el Gobierno Nacional a actuar como gestores de Paz”.


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Ese decreto fue el segundo que reglamentó un artículo de la Ley 975, que en 2005 empezó a labrar el camino para la reincorporación de quienes se desmovilicen de grupos armados, sin importar si se trataba de guerrilleros o paramilitares. Lo que la ley y los siguientes actos administrativos dicen es que el Gobierno puede solicitar ante autoridades competentes suspender condicionalmente la pena o la medida de aseguramiento que el potencial gestor tenga pendiente.

En 2016, ya con el Proceso de Paz con las FARC en marcha, el presidente Juan Manuel Santos firmó un tercer decreto con dos diferencias clave, gracias a una ley que en 2012 cambió algunos puntos de la 975.

La primera es que los gestores, además de comprometerse con el Gobierno, tendrán que “asistir a las diligencias judiciales cada vez que sean requeridos” y “firmarán un Acta ante el Alto Comisionado para la Paz”. La segunda, ya los gestores no solo debían ser miembros de grupos armados, sino también ex miembros.

Un gestor de paz, entonces, es un miembro o exmiembro de un grupo armado que está investigado o condenado por acciones perpetradas como parte de esa organización ilegal. Para ese miembro, según la norma, el Gobierno podrá solicitar la suspensión condicional de su pena, su orden de captura o su medida de aseguramiento, con el fin de “propiciar acuerdos humanitarios”.

En este caso, para el presidente Gustavo Petro “el proceso de paz entre el gobierno de Uribe y los paramilitares aún no ha terminado”, debido a que “aún no se sabe toda la verdad”. El Acuerdo de Santa Fe de Ralito, firmado entre el Gobierno y las AUC, cumplió 20 años el 15 de julio, mientras que el Pacto de Ralito, firmado en secreto entre dirigentes de la Costa y paramilitares en 2001, cumplió 22 apenas ayer, 23 de julio.

Aunque aún no hay ningún decreto o solicitud oficial, el Gobierno tendrá que explicar cómo el nombramiento de Mancuso contribuirá a la verdad. Además, justificará cómo su sujeción le suma a cualquier acuerdo humanitario que se derive del acercamiento al exparamilitar y a las estructuras adscritas a su comandancia.


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Mancuso ya respondió diciendo que está listo “y a la espera de que el gobierno nacional indique la ruta para cumplir las tareas asignadas”. Asimismo, aseguró que su papel no le impedirá “seguir compareciendo ante la justicia” y le permitirá identificar personas desaparecidas en la frontera entre Colombia y Venezuela.

“Aquel representante a la Cámara que nos confrontó, y a quien declaramos objetivo militar en su momento, es el presidente de Colombia y ha tomado la decisión, en nombre del Estado colombiano, de ajustar y finalizar la negociación de Santa Fe de Ralito”, dice la carta de contestación del excomandante de las Autodefensas, quien señaló que la negociación de Santa Fe de Ralito estuvo “llena de errores y despropósitos”.

Los múltiples procesos penales que siguen en contra de Mancuso, así como cualquier eventual procedimiento que siga en la JEP, no se suspende con el llamado a ser gestor. Mancuso tendrá que seguir respondiendo a la justicia pese a su gestoría.


 

Petro nombró a Mancuso como gestor de paz
 
¿Mancuso saldrá libre?


La justicia será la encargada de determinar si Salvatore Mancuso, luego de cumplir su pena en Estados Unidos, podrá retomar su libertad en Colombia, una vez el gobierno Petro lo pida. En todo caso, su historial en esa búsqueda no le favorece.

La Ley 975 tiene vigencia solo en Colombia. El Gobierno, a través de la Cancillería, podría esclarecer cuál es la situación jurídica de Mancuso en Estados Unidos, donde fue condenado por narcotráfico y cumplió su pena en 2020. Incluso, la JEP se lo exhortó en una sentencia de tutela de febrero de este año:


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“No se entiende por qué el Ministerio de Relaciones Exteriores, aun cuando conoce que el señor Mancuso Gómez a purgó la pena privativa de la libertad a él impuesta por las autoridades de Estados Unidos, no ha adelantado ninguna gestión oficial para esclarecer las razones por las cuales permanece desde hace casi tres años recluido en un centro de detención de migrantes”, dijo el Tribunal de paz.

Además, Mancuso permanece detenido “sin que se resuelva su situación jurídica o migratoria y sin obtener una respuesta frente a numerosos pedidos de extradición que han formulado las autoridades judiciales nacionales para que atienda sus procesos en Colombia”.

Según la misma sentencia, el Ministerio de Justicia le ha enviado al de Exteriores 11 solicitudes de extradición, de las cuales la Cancillería ha formalizado ocho ante las autoridades gringas. Ninguna de ellas ha tenido respuesta.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) es uno de los caminos que ha adoptado Mancuso con el fin de obtener libertad según las condiciones que se establecen en su régimen especial.

Las normas con las que se maneja la JEP indican que el excomandante debe aportar verdad plena y novedosa, además de comprometerse en proyectos que materialicen la reparación de las víctimas.

La última vez que la Jurisdicción Especial se pronunció frente a Mancuso fue el 12 de julio. Ese día anunció que le dio un plazo de quince días para entregar un documento que amplíe la información que dio en mayo en una audiencia pública.

Mancuso debe responder por nombres de empresarios y políticos aliados a las Autodefensas, lugares para encontrar fosas comunes y hornos crematorios y acciones que demuestren su rol de “bisagra o punto de conexión” entre la Fuerza Pública y los paramilitares. Luego de ello, se determinará si se acepta su sometimiento a la JEP.

La otra ruta con la que pretende salir libre es una tutela que reposa en la sala plena de la Corte Constitucional. La Corte la tuvo en su orden del día el 13 de julio pasado, pero dos días antes llegó un impedimento que suspendió los términos. Para el 27 de julio el alto tribunal discutirá dos impedimentos en ese sentido, los de las magistradas Paola Meneses y Cristina Pardo.

El expediente de esa tutela tiene su origen en abril del año pasado, cuando Mancuso presentó la demanda en contra de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y la Sala de Justicia y Paz del Tribunal de Bogotá.

El exjefe paramilitar expuso que le dieron libertad a prueba en dos procesos, pero en otro fue imputado. En este último pidió una medida de aseguramiento que no fuese privativa de la libertad, pero el Tribunal y la Corte la negaron.

“Es claro que el solicitante en esta oportunidad incumple nuevamente el deber de acreditación de la exigencia normativa”, que es el no haber cometido delitos después de desmovilizarse, precisó el auto de la Sala de Casación.

La Corte recalcó que contra Mancuso seguía una imputación en la jurisdicción ordinaria por concierto para delinquir y lavado de activos, “por hechos presuntamente cometidos con posterioridad a su desmovilización”. La defensa de Mancuso pidió que la Corte aplicara una figura llamada “excepción de inconstitucionalidad”, que es cuando un juez se abstiene de aplicar alguna norma por ser contraria expresamente a la Constitución.

Mancuso pedía que se garantizara su presunción de inocencia y se le permitiera mantener libertad mientras sus procesos penales continuaban. Producto del rechazo interpuso la tutela que este año llegó a la Corte Constitucional. “Establece una talanquera arbitraria y discriminatoria”, señaló la demanda.

La tutela fue rechazada primero por la Sala Civil de la Corte Suprema, y luego por la Sala Laboral. Además, en el proceso por que le habían dado libertad a prueba, en marzo de este año un juzgado de Justicia y Paz resolvió negar esa medida, argumentando que tomará una decisión cuando Mancuso logre ser repatriado a Colombia y se verifique que cumplió con sus obligaciones en la justicia transicional. El mismo órgano judicial reiteró una orden de captura con fines de extradición.

El abogado de Mancuso, Nélson Menjura, apeló ese fallo, pero el Tribunal Superior lo mantuvo en firme, y, con ello, mantuvo la orden de captura.


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