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Economía
Beneficios tributarios para los emprendedores
La Ley de Financiamiento elimina la renta presuntiva, con lo cual se incentiva el emprendimiento.
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Lunes, 4 de Febrero de 2019

El 2019 trae buenas noticias para los colombianos que estén en el camino de emprender. La ley de financiamiento, que ya está en rigor, abre nuevas posibilidades que facilitan el crecimiento y la consolidación de nuevos negocios, elemento fundamental para el crecimiento económico del país.

La nueva ley reduce la carga tributaria que enfrentan las empresas, la tarifa de renta se irá reduciendo del 33 % al 30 % en los próximos 4 años.

Además, está nueva reglamentación permite la deducción en el impuesto de renta de los gastos en IVA de la inversión en capital y de los pagos del impuesto de Industria y Comercio.

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Por otro lado, y de forma gradual, se elimina la renta presuntiva con lo cual se incentiva el emprendimiento y se deja de castigar a las empresas en fase de consolidación.

Los emprendedores que dinamizan la economía naranja también tendrán beneficios, quienes inicien nuevos negocios en este sector, tendrán una excepción de siete años en el impuesto sobre la renta, siempre y cuando cumplan con unos requisitos:

Primero estas empresas deben contar con un domicilio principal en Colombia y tener un objeto social exclusivo en el desarrollo de industrias de valor agregado tecnológico y/o actividades creativas, que hacen parte de la llamada economía naranja.

Deben iniciar sus actividades comerciales antes del 31 de diciembre de 2021. Así como pertenecer a alguna de las 26 actividades clasificación de actividades económicas (CIIU) contempladas dentro de la norma.

Estas empresas deberán presentar su proyecto al Comité de Economía Naranja del Ministerio de Cultura, justificando su viabilidad financiera y conveniencia económica, deben generar mínimo tres empleos.

También, se debe cumplir con un monto mínimo de inversión de 4.400 UVT ($151 millones) en un plazo mínimo de tres años.

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Por su parte, los emprendedores de sector agropecuario tendrán una exención de 10 años en el impuesto de renta con los siguientes requisitos: 

Domicilio principal en el municipio en los que realicen las inversiones.

Tener por objeto social alguna de las actividades que incrementan la productividad del sector agropecuario e iniciar actividades antes del 31 de diciembre de 2021.

Estas nuevas empresas del sector agrícola deberán generar mínimo 10 empleos y presentar su proyecto ante el Ministerio de Agricultura.

Además deberán cumplir con un monto mínimo de inversión de 25.000 UVT ($857 millones) en un plazo mínimo de tres años.

El mecanismo de tributación simple también es una gran oportunidad para los emprendedores y las micro y pequeñas empresas que cuenten con ingresos brutos inferiores a 80.000 UVT ($2.742 millones).

Este mecanismo tributario simplifica el cumplimiento de las obligaciones en un único formulario para liquidar las obligaciones de renta, consumo, IVA e ICA.

Los contribuyentes por su parte no estarán sujetos de retención en la fuente y tampoco estarán obligados a practicar retenciones.

“Es el momento para que el talento, la creatividad, y la capacidad para emprender e innovar de los colombianos sean protagonistas. Este nuevo marco tributario permite que cumplir sueños sea hoy una posibilidad”, afirmó en un comunicado el presidente de iNNpusla Colombia, Ignacio Gaitán.

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