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Cúcuta
Nueva propuesta de Jorge Acevedo contra los violentos vuelve a generar polémica en Cúcuta
Algunos expertos cuestionan darle uso a las armas para defenderse cuando el porte no está autorizado. Otros señalan que puede ser peligroso para quien las use, porque se enfrenta a procesos judiciales y a la cárcel.
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Categoría nota
Viernes, 8 de Marzo de 2024

Sin revelar sus nombres, el alcalde de Cúcuta, Jorge Acevedo, dijo días atrás que se había reunido con cuatro empresarios de la ciudad que se comprometieron a aportar recursos privados para crear un fondo con el cual brindar asistencia jurídica a los ciudadanos que se vean involucrados en casos de hacer justicia por sus propios medios.

Con esta son ya dos las propuestas polémicas que ha presentado el mandatario municipal en su intento por brindar condiciones de seguridad a los cucuteños. 

La primera tuvo relación con que estaría a favor de que se aprobara el porte de armas en la ciudad para que la gente de defendiera de los delincuentes.

 “No nos vamos a dejar joder de la delincuencia, cuentan con el alcalde, con la secretaria de seguridad, llegó el momento de que ellos se sientan inseguros en Cúcuta y esto pasa porque soy de La Cabrera, porque sé la problemática que vivimos, porque acá al lado tenemos las bandas criminales, las ollas y porque yo sé que es crecer en estas comunas y en estos sectores”, reseñó Acevedo durante el encuentro para socializar el Plan de Desarrollo en la comuna 10, en el sur de la ciudad. 


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Las polémicas declaraciones generaron todo tipo de opiniones en la zona de frontera. Algunos aprueban la propuesta, sin embargo, la mayoría expresaron que  es inconstitucional y podría incrementar los índices de violencia en la ciudad.

El abogado cucuteño Freddy Chaustre Parra expresó que partiendo de lo establecido en el artículo 223 de la Constitución Política de Colombia, donde es claro que nadie podrá portar armas sin permiso de la autoridad competente, siendo entonces una excepción y no un derecho, el alcalde Jorge Acevedo se extralimita al indicar a los ciudadanos que se sientan intimidados por la delincuencia, que pueden tomar acciones por su propia cuenta para contrarrestar el actuar delictivo.

El Alcalde, al ser la primera autoridad administrativa y policiva en el municipio de Cúcuta debe dar apoyo desde la institucionalidad y esto no es más que fortalecer la presencia de agentes de policía en las calles y dar mayores herramientas tecnológicas para poder realizar un monitoreo eficiente, a través de cámaras de seguridad, drones y demás.


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“El uso de armas en el país no es un derecho y hacer justicia por manos propias es enjuiciable, acorralar a los delincuentes y detenerlos es una función del Estado a través de las instituciones creadas para tal fin, no de los ciudadanos”, dijo Chaustre.

Por su parte, el exDefensor del Pueblo de Norte de Santander y profesor universitario de Derecho Constitucional, Jaime Marthey, considera que “es absolutamente inconveniente pretender incentivar la justicia por mano propia o “legalizar” todas las formas de defensa que contengan el uso de armas que son de carácter privativo y que solo deberían estar bajo el control del Estado. 

Dijo que cree más que el alcalde está bien intencionado y lo que desea es persuadir a los delincuentes, pero para ello es más efectivo hacer cumplir las normas actualmente vigentes y constitucionales, como por ejemplo exigir que la fuerza pública no desfallezca en su misión y no se distraiga en labores accesorias sino que garantice la convivencia y tranquilidad ciudadana. 


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Otro abogado y catedrático universitario, Carlos Jaimes, mencionó que lo que el alcalde Jorge Acevedo está pretendiendo es que ante un hecho de legítima defensa va a colaborarle en alianza con empresarios al ciudadano en la asistencia jurídica.

Falta es conocer si lo hará con asistencia de la Defensoría del Pueblo o contratando abogados para este fin con recursos privados de los empresarios locales.

El alcalde está considerando que la legítima defensa es una forma de contrarrestar la delincuencia. Y ante esto lo que está pretendiendo es dar un parte de tranquilidad a las personas en el sentido de que van a estar asistidas en caso de tener que actuar contra algún delincuente, reseñó Jaimes.


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Para este profesional una legítima defensa sin que en el país esté aprobado el porte de armas se vuelve muy ineficaz.

Porte de armas de fuego no está permitido en el país./Foto archivo
 
"Líderes necesitan quién los defienda"

A juicio del líder comunal, Alfonso Parra, lo planteado por el alcalde Jorge Acevedo es una opción muy viable porque no toca dineros públicos. Segundo, en la mayoría de los casos aquellas personas que se ven abocadas a defenderse en legítima defensa, son personas que no tienen cómo pagar un abogado y aquí lo va asistir es la alcaldía.

El concejal del Estatuto de Oposición Leonardo Jácome criticó la propuesta de Acevedo al señalar que es preocupante que al día de hoy (ayer) las estrategias planteadas para atacar la inseguridad en Cúcuta sean “pagarles dos millones de pesos a nuestros jóvenes para que pongan en riesgo sus vidas a cambio de un certificado para ser escolta y obtener su licencia de conducción, e invertir recursos para pagar abogados a todos los que quieran atacar o matar a los delincuentes. ¿Realmente esto mejorará la seguridad y el bienestar de nuestros cucuteños? Hay mejores herramientas alcalde, no se puede normalizar la violencia y poner en riesgo a los ciudadanos”, expuso Jácome.


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En la misma línea, el también concejal opositor, Oliverio Castellanos, manifestó que con el alcalde coincide en la urgencia de garantizar la seguridad de los cucuteños, “pero estamos lejos de compartir las formas”.

Añadió que él (alcalde) parte de enviar un mensaje de seguridad y tranquilidad a la ciudadanía, pasa por dar confianza en las instituciones, confianza que el ciudadano pierde cuando el discurso del alcalde es el de armar a la sociedad y el de ser permisivo con la justicia a mano propia.  

Esto último –añadió- puede terminar muy mal, en el sentido que estamos frente a una falacia argumentativa, puesto que cuando el ciudadano se enfrenta a una situación de riesgo puede verse motivado a actuar confiando en lo propuesto por el alcalde, pero la consecuencia de esa actuación pueda estar por fuera de la configuración de la legitima defensa, y derivar en la comisión de un homicidio, o en un exceso en la legitima defensa, con lo que el anuncio del alcalde podría tomar otro rumbo, y es el de la instigación para delinquir.


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Castellanos invitó al Alcalde en que se trabaje en enfrentar con determinación a los delincuentes, en apostarle a la tecnología y al aumento del pie de fuerza con ayuda del Gobierno nacional, y a impactar en las causas de la inseguridad, esto es; reactivación económica, generación de empleo, activación del turismo, mejoras en la calidad de educación, entre otras, antes que poner esa carga de defenderse a los ciudadanos, es decir, “si el alcalde dedica más esfuerzos a articular una estrategia integral que mejore la calidad de vida de los cucuteños, en vez de seguir evadiendo estas responsabilidades con anuncios irresponsables, tal vez logremos el objetivo común de tener una ciudad más segura”.

El líder social, Issac García, llamó la atención del alcalde al revelar que justamente el sector de Atalaya está viviendo persecución, amenaza, desplazamiento y asesinatos, como es el caso del fiscal de la Junta de Acción Comunal de Antonia Santos, quien fue asesinado por denunciar a las bandas criminales que operan en ese sector.

Yo creo que antes de pensar en atender jurídicamente desde un fondo privado a aquellas personas que se vean inmiscuidas en enfrentamientos con delincuentes, incluso que terminan en homicidios, la alcaldía debería priorizar un bufete jurídico para atender todos los casos de amenazas contra líderes sociales que hoy están desplazados de sus hogares y barrios.


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En solo enero, reveló García, se identificaron más de 30 amenazas y desplazamientos forzados a líderes sociales de Cúcuta, de los cuales solo se ha atendido un solo caso.


 

Alcalde Jorge Acevedo anuncia fondo para asistir jurídicamente a personas que acudan en legítima defensa contra el hampa/Foto archivo
 
¿A qué se expone quién actúa por sus propios medios contra la delincuencia?

No en todos los casos en los que los ciudadanos actúan en presunta legítima defensa o quien por cuenta propia aplica la justicia se sale ileso del Código Penal.

Basta recordar los últimos casos ocurridos el pasado martes 20 de febrero, cuando dos hombres murieron en las afueras de un restaurante de la localidad de Antonio Nariño, en Bogotá, abatidos por un expolicía.

Esta acción fue celebrada en redes sociales debido a que la misma se da en medio de una ola de atracos en negocios de la capital del país.

Y pese a que el arma que usó el expolicía tiene salvoconducto, este fue puesto a disposición de las autoridades competentes, por lo que ahora deberá enfrentar un proceso legal por la acción.


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Según profesionales del derecho consultados por La Opinión, el expolicía se enfrenta al delito de homicidio. 

“A primera vista pudo actuar en legítima defensa, pero si se analiza a fondo puede mirarse como un exceso de legítima defensa”, explicó el abogado penalista Gustavo Chacón.

Otros juristas señalaron que a su criterio jurídico la conducta desplegada por el expolicía se desarrolló en el marco de una legítima defensa, toda vez que se hizo por la necesidad de defender un derecho propio frente a una agresión injusta actual e inminente, siendo esta además proporcional a la agresión.

Otros penalistas, sin embargo, reseñaron en medios de comunicación capitalinos que la acción no fue un evento de legítima defensa.


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“La persona ya no estaba en un peligro actual inminente para su vida. Reaccionó contra personas que estaban huyendo. Por ende, no hay una legítima defensa; por el contrario, lo que hay es la aplicación de una pena de muerte por el delito de hurto que en Colombia no está permitido”, dijeron.

En este contexto, se expusieron varios escenarios. El primero, que haya una investigación y, si eventualmente resultare condenado,  se aplica la pena del homicidio agravado, entre otras, por el estado de indefensión que arrojaría una pena de prisión, en principio, entre 33 y 50 años.

También es válido plantear que hubo “un exceso en la legítima defensa”, precisamente por ese carácter desproporcional. 

“Cuando hay un exceso en una legítima defensa, la sanción se puede rebajar hasta en la mitad, de manera que podríamos hablar en ese evento de pena de prisión de más o menos 16 |años y medio, 17 años, hasta 25 años, reitero reconociendo el exceso en la legítima defensa”.

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